Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 01/02/2019

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO Nº 2322 05-11-2018
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de marzo de 2019, la renuncia presentada por el agente EDUARDO RAÚL
FIORELLI Legajo Nº 9.729/1 - CUIL 20-13616310-9 al cargo de TÉCNICO IV C.F. 4-18-69-01 44hs. Semanales
Nº de Orden 2584 en la División Almacenes y Logística - U.E. 04-01-1-1-1-01, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Otórgase al agente mencionado en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f 2º párrafo, de la Ley Provincial 14656.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente forma:
Artículo 2º: Fin/Fun. 1-3-0 Programático 01-02-00 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 7 P. Sp. 1 F.Fin. 1-1-0 - U.E. 04-01-1-11-01 Institucional 1-1-1-01-05-000 UER. 5.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.
Sll/
MOURELLE
ARROYO

DECRETO Nº 2378 23-11-2018
ARTÍCULO 1º- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se detalla a continuación, a partir de la fecha:
Nº O.
C.F. baja C.F. alta Denominación 6429
2-17-00-16
2-17-67-16
Profesional Carrera Mayor I
ARTÍCULO 2º.- Incrementase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente CLAUDIA FALASCO Legajo Nº 27.740/1 - CUIL. 27-32482895-3, dependiente del Departamento de Inteligencia Fiscal U.E. 04-01-5-1-4-00, el módulo horario que a continuación se consigna:
DE: PROFESIONAL CARRERA MAYOR I C.F. 2-17-00-16 - 35 hs. semanales Nº de Orden 6429.
A : PROFESIONAL CARRERA MAYOR I C.F. 2-17-67-16 - 40 hs. semanales - Nº de Orden 6429, manteniéndosele el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 11-1-01-05-000 - Program. 01-05-00 - Fin. y Fun.: 1-3-0 UER. 5 F. Fin. 1-1-0 - Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 3.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
MOURELLE
ARROYO

DECRETO Nº 2481 30-11-2018
ARTICULO 1º. Toda carrera de aguas abiertas que se desarrolle en el ámbito del Municipio de General Pueyrredon, sea organizada por particulares o por instituciones de cualquier tipo, deberá contar con el aval de una entidad deportiva inscripta en el Registro creado por Ordenanza Nro. 5430, autorización de Prefectura Naval Argentina y Declaración de Interés Deportivo del EMDER.
ARTICULO 2º. Los organizadores de competencias de aguas abiertas deberán registrarse en el registro creado al efecto en el Área Deporte Federado del EMDER, debiendo presentar sus antecedentes deportivos y profesionales. En el registro quedarán asentados, además, los informes de cada competencia realizada. En el caso de resultar al término de la competencia un informe negativo por parte del Municipio y/o de Prefectura Naval Argentina, el organizador podrá ser suspendido del registro hasta por el término de un 1 año, o se podrá disponer su baja definitiva, de acuerdo a la gravedad del incumplimiento registrado.
ARTICULO 3º: Cada organizador de este tipo de competencias deberá comunicar fehacientemente al EMDER, al menos con sesenta 60 días de antelación al pretenso evento, mediante presentación por escrito en Mesa de Entradas.
ARTICULO 4º: El organizador deberá:

Presentar una nota en el EMDER, detallando día, lugar, fecha, horario, características de la competencia y completar la planilla oficial de carreas de Aguas abiertas, la que como Anexo I forma parte integrante del presente.

Presentar a la Prefectura Naval Argentina PNA, el croquis y detalle del circuito, datos del responsable de la seguridad de la competencia y los detalles organizativos. La Prefectura Naval Argentina PNA determinará las normas que deben cumplirse para custodiar cada competencia, las mismas deberán contar con la aceptación del organizador y su efectivo cumplimiento.

Presentar nota de autorización del EMTUR en caso de hacer uso de un espacio público, unidad turística fiscal o de la concesionaria en caso de usarse playas privadas.

La organización, previo al inicio de la actividad, deberá acreditar la contratación de los Seguros de Responsabilidad Civil, y de Accidentes Personales por los deportistas intervinientes, de acuerdo a los montos y alcances que al efecto determine el EMDER; manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar, en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja del Código Civil y Comercial, incluyendo también gastos, honorarios y costas.

Presentar una copia del modelo de deslinde de responsabilidad utilizado por el organizador .y/o de los certificados médicos presentados.

Contratar Servicio de Ambulancia con médico presente durante toda la carrera, y hasta 30 minutos posteriores a la llegada del último corredor.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 01/02/2019

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date01/02/2019

Page count53

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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