Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 10/08/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

RESOLUCIONES EMTUR
Mar del Plata, 11 de abril de 2018
VISTO: la presentación efectuada por el Doctor Luis Caro, Presidente del Comité Organizador, mediante nota nº 257/18; y CONSIDERANDO:
Que en la misma informa que esta ciudad de Mar del Plata será sede del Congreso Argentino de Gastroenterología y Endoscopía Digestiva GASTRO 2018, a realizarse del 27 al 29 de septiembre de 2018 , en los salones del NH Hotel Provincial.
Que este acontecimiento, organizado conjuntamente por la Sociedad Argentina de Gastroenterología SAGE y la Federación Argentina de Asociaciones de Endoscopistas FAAED, se desarrolla en forma ininterrumpida, anual o bianualmente, desde el año 1950.
Que se tratarán temas relacionados con las patologías gastroenterológicas más frecuentes mediante sesiones plenarias, simposios satélites, conferencias magistrales, presentación de casos clínicos, sesiones interactivas, mesas redondas, workshop y cursos de gastroenterología y endoscopia digestiva.
Que participan de la reunión expertos extranjeros y nacionales de primera línea, destacados por sus trabajos y jerarquía profesional.
Que se espera la participación de aproximadamente 3000
asistentes.
Que ello permite inferir un fuerte impacto promocional para la ciudad, que redituará en la difusión de sus atractivos turísticos en el contexto nacional e internacional a través de los participantes.
Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno destacar eventos de esta naturaleza, que contribuyen a identificar a Mar del Plata como Ciudad - Sede de Reuniones.
Por todo ello, LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad del Congreso Argentino de Gastroenterología y Endoscopía Digestiva GASTRO 2018, a realizarse del 27 al 29 de septiembre de 2018, en los salones del NH Hotel Provincial.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI
CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.
ARTICULO 5.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.
REGISTRADO BAJO EL Nº 131
Mar del Plata, 11 de abril de 2018
VISTO el Expediente 163 Letra M Año 2011, por el cual se tramita el Llamado a Licitación Pública nº 03/2011 por la Campaña Televisión Temporada 2011/12, y CONSIDERANDO:
Que bajo Resolución 497, art. 5º, se adjudica a la firma FERCHIAP S.A., 22 PNT en el programa ESTE ES EL SHOW por Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Dieciocho con 80/100 $ 445.618,80,-; 4 PNT en el programa SABADO SHOW por un total de Pesos Noventa y Seis Mil Ochocientos $ 96.800 y 4 PNT en el programa CANTANDO 2011 por un total de Pesos Ciento Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Veinticuatro $ 174.424,- que se emiten por la señal de Canal 13.
Que en cumplimiento del Artículo 26º de las Condiciones Generales del P.B.C. con fecha 23/12/2011 la firma constituye la Garantía de Adjudicación según recibo nº 0154, de la Tesorería del Ente por Pesos Veintiún Mil Quinientos Catorce con 29/100 $ 21.514,29-.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 10/08/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date10/08/2018

Page count73

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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