Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/03/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

2017
DECRETO Nº 3069 29-12-2017
ARTÍCULO 1º.- Convalídase el servicio brindado el mes de Agosto de 2017 por la Empresa Liefrink &
Marx S.A., consistente en alquiler y mantenimiento de Centrales Telefónicas en distintas dependencias municipales y la implementación de opcionales para el abaratamiento de costos actuales de comunicaciones.
ARTÍCULO 2º.- Reconócese y autorízase el pago por legítimo abono de la suma de PESOS CIENTO
CINCUENTA Y CINCO MIL $155.000.- a favor de la Liefrink & Marx S.A.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º deberá ser imputado a la siguiente partida:
Fin/Fun Progr
Inc. P. P.

P.p. P.Sp.

F.Fin.

Instituc.

UER

Importe
1-3-0
50-03-00
3 2
2 0
110
1110122000
25
$155.000.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, y para las notificaciones y efectos que correspondan intervenga la Secretaria de Economía y Hacienda, Contaduría Municipal y la Dirección de Informática y Telecomunicaciones.
Fad MOURELLE
ARROYO
DECRETO 3103 29-12-2017
ARTÍCULO 1.- Encomiéndase, a la agente Marcela Adriana Paez Legajo N 23532 - Técnico IV - C.F. 418-68-01, las funciones inherentes al cargo de Tesorero en el Ente Municipal de Turismo, según lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad, del 14 de febrero al 2 de marzo de 2018, en reemplazo de su titular Lic. Ana Carolina Carpineto Legajo Nº 21020, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a la partida Actividad Central 01 - Inciso 1- Partida Principal 1 Partida Parcial 3 - Apartado 1
Diferencias de Escalafon del Presupuesto de Gastos Vigente.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto, será refrendado por la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, y comuníquese por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo.
Mab MAGNOLER
ARROYO
2018
DECRETO Nº 13 12-1-2018 Expte 580-0-2014 alc4 cpo 1
ARTÍCULO 1.- Prorrógase la Contratación del Servicio de Call Center con destino Secretaría de Coordinación de Gestión y Modernización, Licitación Pública Nº 04/14 Segundo Llamado, de acuerdo al siguiente detalle:
GIV SRL:
Monto prorrogado: PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS
OCHO CON 28/100 $5.919.908,28.Contratación servicio de Call Center Comunicación Integral Prestación del Servicio de Centro de Atención al Vecino de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, según especificaciones técnicas de la Secretaría de Coordinación de Gestión y Modernización.
Costo unitario por hora $ 181,57. Total horas: 32.604.Período: Desde la finalización de la contratación original y por el término de doce 12 meses.
MONTO TOTAL PRORROGADO EN LICITACIÓN PÚBLICA: PESOS CINCO MILLONES
NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS OCHO CON 28/100 $5.919.908,28.
ARTÍCULO 2º.- El egreso autorizado en el artículo precedente se imputará a la partida Teléfonos, telex y telefax del presupuesto de gastos en vigencia, conforme se detalla:
FIN./FUN PROG.
INC. P.P. P.p. P.Sp. F.Fin. INSTITUCIONAL UER IMPORTE
1.3.0
50.07.00 3
1 4
0 110
1-1-1-01-22-000
25
$ 5.919.908,28
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dése intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General.
AVC/avch MOURELLE
ARROYO

DECRETO Nº 0046 22-1-2018 17958-8-2008 CPO 3
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el pago de un importe por beneficiario en concepto de Beca por capacitación, en el marco del Programa de Formación de Promotores de Salud Comunitaria, fijándose el valor de la misma en la suma de $ 6.000,00 PESOS SEIS MIL desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018.
ARTÍCULO 2º.- Podrán percibir el pago de la Beca por Capacitación las personas nominadas en el Anexo I
del presente, y que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo I, del Reglamento de Funcionamiento del Programa aprobado por Decreto Nº 2483/12.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Secretaría de Salud a modificar el listado de beneficiarios de acuerdo a las necesidades que pudieran surgir en el desarrollo del Programa.
ARTICULO 4º.- La Secretaría de Salud presentará en forma mensual ante la Contaduría General las planillas cuyo modelo se agrega como Anexo II, del presente.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/03/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date09/03/2018

Page count47

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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