Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/01/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO Nº 2796 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de diciembre de 2017, la renuncia presentada por el agente RUBÉN ALBERTO ÁLVAREZ Legajo Nº 24.293/1 CUIL 20.10262175-2 al cargo de SICÓLOGO II C.F. 2-98-64-09 - 24 hs. semanales Nº de Orden 1777, en la División Hogar Convivencial Francisco S.
Scarpatti U.E. 12-00-3-1-1-03, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de la Ley 9650 modificada por Ley 10053 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 01 de diciembre de 2017, de la suma de PESOS ONCE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS $ 11.447,48, a valores vigentes al mes de septiembre de 2017, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.
ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con el beneficiario tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.
ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que el agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.
ARTICULO 6º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Artículo 2º: Fin/Fun. 1-3-0 Programático 01-03-00 Inc. 6 P.P. 2 P.p. 1 P. Sp. 0 Ap. 0 F.Fin. 1-10 - U.E. 02-18-2-1-5-00 Institucional 1-1-1-01-03-000 UER. 3.
ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO
SOCIAL.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.
Sll/
LENIZ
ARROYO
DECRETO Nº 2817 27-11-2017 Expte. 2919-2-2016 Cpo. 1
ARTÍCULO 1º.- Recházase el Recurso Jerárquico implícito interpuesto a fs. 105/119 por la firma QUALITY CLEAN SOLUTIONS S.A. contra la decisión administrativa dictada a fs. 93/95 a instancias del Departamento de Fiscalización Externa en el marco del procedimiento de fiscalización y posterior determinación de deuda en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Fondo para la Promoción Turística cuenta 146.377 en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda - Agencia de Recaudación Municipal, Dirección de Coordinación de Fiscalización y Control, Departamento de Fiscalización Externa.
mbo/
MOURELLE
ARROYO
DECRETO Nº 2823 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la agente MARIA ALEJANDRA FERRAZZO Legajo Nº 33068/57 CUIL
27-33102793-1 como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS 2 módulos semanales en EDUCACION ARTISTICATEATRO C.F. 9-84-02-04, con carácter Interino, a partir del 7 de noviembre de 2017 y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 201 "Rene Favaloro" U.E. 08-00-02-5-01.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE Desfavorable I del TREINTA POR CIENTO 30%
del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 11-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p.
1 - P.Sp. 9 para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6
Ap. 12.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
CROVETTO
ARROYO

DECRETO Nº 2911 14-12-2017 Expte. 664-2-2015 Alc. 1 Cpo. 1
ARTÍCULO 1º.- Reemplácese a partir del 31 de julio de 2017 a la Responsable Social del Proyecto Programa Federal de Mejoramiento de Viviendas Mejor Vivir II designando para tal cometido a la Sra.
Secretaria de Desarrollo Social PATRICIA MARISA LENIZ.
ARTÍCULO 2º.- El Presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/01/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/01/2018

Page count42

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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