Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 03/10/2017

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTICULO 5º. Registrar y a sus efectos intervengan Jefatura de Compras, Contaduría, y Tesorería.
REGISTRADA BAJO EL Nº 357/2017
ANEXO I
LICITACION PRIVADA Nº 6/2017 - ADQUISICION DE ROPA DE TRABAJO
CLÁUSULAS GENERALES
CAPITULO I
De la licitación OBJETO DEL LLAMADO
ARTICULO 1º.- La presente Licitación tiene por objeto la adquisición de ropa de trabajo destinada al personal del área de Infraestructura del EMDeR, de acuerdo al detalle incluido en las cláusulas particulares.
Los oferentes de este concurso quedan comprendidos dentro de la reglamentación vigente en materia de la presente contratación, los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Decreto Provincial Nº 2980/00 R.A.F.A.M., Decretos Municipales Nº 2220/78 y sus modificatorias y 1184/93 y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas en el presente pliego Será condición para participar de la presente Licitación estar en condiciones de proveer y entregar todos los elementos cotizados, por propia cuenta y riesgo de la empresa.
ARTICULO 2º.- DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán formularse por escrito en el tiempo y forma en que se indica en este Pliego. Su presentación implicará el conocimiento, aceptación y sometimiento a todas las disposiciones de este cuerpo normativo y demás normativa vigente en la materia ARTÍCULO 3º.- REQUISITOS DE LOS PROPONENTES.
Podrán ser proponentes en esta Licitación, personas físicas o jurídicas legalmente constituidas y debidamente inscriptas por ante el organismo de contralor pertinente.
Las personas jurídicas deberán estar constituidas de acuerdo con la Legislación vigente en nuestro país.
Deberán acompañar a la propuesta copia del contrato social inscripto, estatutos y el instrumento con el cual se acredite que el o los signatarios de la propuesta tienen personería suficiente como para efectuar la presentación y comprometer a la entidad oferente. El contrato social deberá tener un vencimiento que alcance, por lo menos, el plazo de contratación y su posible prórroga.
Las sociedades irregulares, de hecho o en formación, deberán acompañar el compromiso aval subsidiario particular y declaración jurada de bienes de cada uno de los integrantes de la sociedad. Dicho aval deberá tener, como mínimo, una vigencia igual a la de la contratación y su posible prórroga y las firmas deberán certificarse ante Escribano Público, legalizado por el Colegio respectivo.
El oferente deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL y de la SEGURIDAD
SOCIAL.
Para ser admitidos en este llamado, es condición que los interesados estén inscriptos en el Registro de Proveedores del EMDeR y cuenten con la documentación requerida actualizada. En caso de que estuviere en trámite la inscripción deberá presentar en el llamado un certificado provisorio que le extenderá la Oficina de Compras, a su pedido, debiendo estar debidamente inscripto a la firma del contrato respectivo.
INHABILIDADES
ARTÍCULO 4º: No podrán participar en ésta Licitación, bajo ninguna forma ni por interpósita persona:
4.a. Los incapaces para contratar según la legislación vigente.
4.b. Los que hayan sido sancionados con caducidad de concesión o permiso en cualquier jurisdicción mientras no se encuentren rehabilitados. En caso de sociedades, además, la inhabilitación alcanzará individualmente a sus componentes, miembros del Directorio y/o administradores.
4.c. Los funcionarios y/o agentes según el régimen de incompatibilidades de la legislación vigente, al servicio del Estado Nacional, Provincial o Municipal y las sociedades integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos gerentes lo fueren, salvo lo dispuesto por la Ley 19550 respecto de las sociedades anónimas.
4.d. Los separados de la Administración Pública por exoneración.
4.e. Los inhabilitados por las situaciones legisladas en las normas del Código Civil o Comercial.
4.f. Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
Por intermedio del formulario pertinente, los proponentes declararán no estar comprendidos en los impedimentos establecidos en el presente. Lo expresado, más todo lo declarado en el citado formulario, revestirá carácter de declaración jurada. Al comprobarse, posteriormente, el falseamiento de lo manifestado bajo declaración jurada, el EMDER podrá declarar la inhabilidad del proponente para presentarse en futuras licitaciones de la Municipalidad de General Pueyrredon y/o cualquiera de sus entes descentralizados, por el término de cinco 5 años sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte o decretar la caducidad de la contratación con pérdida del Depósito de Garantía de Oferta y/o de Contrato, con más los daños y perjuicios que pudieran corresponder, sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, e independientemente de las acciones que puedan resultar pertinentes ante la Justicia en lo Criminal y Correccional competente.
CAPITULO II
De la presentación de las ofertas y contenido del sobre
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 03/10/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date03/10/2017

Page count133

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First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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