Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 21/09/2017

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ORDENANZAS
ORDENANZA 23281 sanción 06-07-2017 Expte 12790-2-16
Decreto de Promulgación 1812 21-07-2017
Artículo 1º.- Autorízase al señor Facundo Mosquera, en su carácter de responsable del Circo La Audacia, el uso de los siguientes espacios de dominio público para realizar funciones de circo a la gorra:
a El denominado Yitzhak Rabín, ubicado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Y, Manzana 147, desde el 20 de diciembre hasta el 10 de marzo, por el término de dos años.
b El delimitado por las calles Florisbelo Acosta, Dardo Rocha, Concepción Arenal y Ricardo Gutiérrez, durante el período de receso escolar invernal por el término de dos años, salvo que se comience con las obras estipuladas para dicho predio, trasladándose el Circo en tal caso a las manzanas linderas de común acuerdo con el Departamento Ejecutivo.
Artículo 2º.- El señor Facundo Mosquera se compromete a realizar el proyecto de Escuela de Circo itinerante desde el 1º de abril al 30 de junio y desde el 1º de agosto hasta el 30 de noviembre en las distintas delegaciones del Partido de General Pueyrredon. Previo al inicio de la actividad deberá presentar la conformidad de la Secretaría de Cultura y de las respectivas delegaciones.
Artículo 3º.- Previo al inicio de la actividad, deberá acreditarse la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad, atento a la responsabilidad civil que surja del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante.
Artículo 4º.- Asimismo, los integrantes del Circo La Audacia realizarán la limpieza del sector, una vez finalizados los talleres y las funciones, el que quedará en las mismas condiciones en que lo recibieran.
Artículo 5º.- La Dirección General de Inspección General fiscalizará el emplazamiento y desarrollo de la actividad y sus condiciones y verificará el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad para garantizar su normal desenvolvimiento.
Artículo 6º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical en cualquiera de sus formas, deberán abonarse las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder ARGENTORES, Variedades, SADAIC, AADICAPIF, etc previa iniciación de las actividades.
Artículo 7º.- Los elementos y/o estructuras utilizadas para la concreción de la acción autorizada deberán ser retirados inmediatamente finalizada la actividad desocupando el espacio público cedido, siendo restituido en las mismas condiciones en que lo recibieron.
Artículo 8º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Cultura, coordinará junto a los integrantes del Circo La Audacia, el cronograma para la concreción del proyecto Escuela de Circo itinerante.
En caso de contar con la disponibilidad, el Departamento Ejecutivo colaborará con el traslado de la carpa.
Artículo 9º.- El permisionario estará exento del pago de todos los gravámenes municipales establecidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.
Artículo 10º.- Comuníquese, etc.Tonto Vicente
Sáenz Saralegui Arroyo
ORDENANZA 23282 Sanción 1708-2017 Expte 9990-7-2017
Decreto de Promulgación 2003 18-08-2017
Artículo 1º.- Convalídase los convenios celebrados entre la Subsecretaría de Coordinación de Obra Pública Federal, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, y la Municipalidad de General Pueyrredon, cuyos textos forman parte de la presente como Anexos I y II.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui Simoni Arroyo Los Anexos correspondientes no se encuentran digitalizados, los mismo pueden ser consultados en su soporte papel en el Departamento de Legislación y Documentación.
ORDENANZA 23285 Sanción 17-08-2017 Expte 16304-2-2015
Decreto de Promulgación 2038 24-08-2017
Artículo 1º.- Abrógase la Ordenanza 22539, relacionada con la creación de un espacio reservado para el ascenso y descenso de pasajeros frente al inmueble de calle Alberti nº 2639, donde funciona la farmacia de la Asociación Mutual Marítima de Pescadores A.MU.PE.
Artículo 2º- Comuníquese, etc.Tonto Simoni
Sáenz Saralegui Arroyo
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 21/09/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date21/09/2017

Page count39

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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