Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 29/08/2017

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ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación ARTICULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
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s.l VOLPONI
ARROYO
DECRETO Nº 1657 06-07-2017
ARTICULO 1º.- Desígnase a partir del 22 de mayo y hasta el 23 de junio de 2017, con carácter provisional y en forma temporaria, a la agente VALERIA BELÉN MARCADO Legajo 30399 - con el cargo de Profesor de Enseñanza Inicial y Primaria con 12 doce Horas Cátedra semanales - CF. 9-80-12-01- para cumplir funciones en reemplazo del agente GASTON CESAR Legajo 25158 -, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande lo dispuesto en el presente Decreto deberá imputarse a la U.E. 0102-0-0-0-00 Prog. 16 Act. 01 Inciso 1- Partida Principal 01 Partida Parcial 1- Partida Subparcial 9
Horas Cátedra del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que la agente designada en el presente Decreto carece de estabilidad en el cargo y podrá ser dada de baja cuando el Departamento Ejecutivo lo considere conveniente por razones de buen servicio.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
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VOLPONI
ARROYO
DECRETO Nº 1658 06-07-2017
ARTÍCULO 1º.- Reconócese en uso de Licencia especial con goce de haberes, a partir del día 11 hasta el día 21 de mayo de 2017, al Agente PABLO ALEJANDRO DEL COTO - Legajo 32561 Profesor de Enseñanza Inicial y Primaria CF. 9-80-12-01 - en el Ente Municipal de Deportes y Recreación de conformidad con lo establecido en el Artículo 96º de la Ley 14656.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación ARTICULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
VOLPONI

ARROYO

DECRETO Nº 1659 06-07-2017
ARTÍCULO 1º.- Acéptase a partir del día 20 de junio de 2017, la renuncia presentada por el Agente ALEXIS
SERGIO BAUTISTA Legajo 32570 - quien se desempeñaba con el cargo de Administrativo Inicial con 40
horas semanales - CF. 5-02-67-01 - en el Polideportivo del barrio las Heras dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 2º.- Autorízase el pago de la suma de Pesos Cuatro mil Trescientos Siete con 37 ctvs. $
4.307.37 en concepto de la siguiente licencia devengada y no gozada por el agente mencionado al 20 de junio de 2017. Licencia Proporcional 7 días.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto deberá imputarse a U.O. 01-02-0-0-0-00 Actividad Central 01 Actividad 01 - inciso 1 partida principal 6 partida parcial 0 partida subparcial 0 Beneficios y Compensaciones.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
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i.i.
VOLPONI
ARROYO
DECRETO Nº 1681 11-07-2017
ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señora CRISTINA DEL VALLE
ESPECHE Legajo Nº 26063/02 M.I.Nº 21.343.063, en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como MÉDICO I C.F. 2-17-65-05 30
horas semanales Nº de Orden 1151, con dependencia del Departamento Centro de Salud Nº 1 Dr. Arturo Illia U.E. 11-01-1-0-1-00, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 11-01-0-0-0-02, para cumplir funciones en el Área Licencia de Conducir 18 horas en horario matutino y/o vespertino y 12 horas de Guardias Médicas integrando el Equipo de Trabajo del Sistema de Guardias Médicas, dentro de los términos de la Resolución Nº 595/01 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente designada en el Artículo 1º, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO 10% del sueldo básico que percibirá de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 992/08.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente designada en el Artículo 1º, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO 25%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente designada en el Artículo 1º, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 29/08/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date29/08/2017

Page count46

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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