Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/07/2017

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Registrado bajo el Nº 155 /2017
Resoluciones EMDER
Mar del Plata, 02 de mayo de 2017.
VISTO la presentación efectuada por la Asociación Multimarcas Mar del Plata mediante nota registrada bajo el Nº 443 con fecha 29 de marzo del corriente, y CONSIDERANDO:
Que con motivo del festejo del día del niño, la Institución aludida solicita un espacio en las instalaciones del Parque Camet, a los fines de realizar un evento sin fines de lucro a total beneficio de comedores de nuestra ciudad.
Que en atención a ello y conforme lo informado por la Dirección General de Infraestructura, se efectúa la reserva de un espacio el día 06 de Agosto de 2017 o el 13 del mismo mes para el caso en que las condiciones climáticas imposibiliten su realización en la fecha antes pautada.
Que el espacio asignado por la jefatura del escenario, deberá ser reintegrado al EMDER en perfecto estado de limpieza y conservación, y en idénticas condiciones a las que le fuera entregado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Asociación Multimarcas Mar del Plata el uso de un espacio en las instalaciones del Parque Camet de nuestra ciudad, el día 06 de Agosto de 2017 el día 13 del mismo mes para en caso que las condiciones climáticas sean adversas en la fecha antes pautada, a los fines de realizar un evento sin fines de lucro, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- El Permisionario deberá abonar, en caso de corresponder: impuestos, tasas, derechos y otras contribuciones nacionales, provinciales y municipales, correspondientes a la realización de un festival artístico, así como los derechos que se deben abonar a las asociaciones, sindicatos y/o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos, o cualquier otro que pudiera corresponder ARGENTORES, VARIEDADES, AADICAPIF, ASOCIACION GREMIAL DE MÚSICOS, etc., obligándose el Permisionario a presentar con una antelación de 48 hs. de la realización del evento, los respectivos permisos y/o autorizaciones. Asimismo deberá acompañar, constancia de pago de los Derechos de Autor e Intérpretes, S.A.D.A.I.C. y autorización por parte de la misma para la realización del evento, conforme lo establecido por Decreto Provincial Nº 6094/63 y Decreto Municipal 1638/2000.
ARTÍCULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo 1º, no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas y cosas.
ARTÍCULO 4º.- El servicio de limpieza del espacio cedido, quedará a exclusivo cargo del Permisionario durante y finalizado el evento.
ARTÍCULO 5º.- La Institución deberá presentar ante el EMDER, constancia de cobertura de emergencias médicas, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 16463.
ARTICULO 6.- Registrar, comunicar, y a sus efectos, intervengan la Dirección de Gestión y Dirección General de Infraestructura del EMDER, a través de la jefatura de escenario.
REGISTRADA BAJO EL Nº 187/2017
Mar del Plata, 02 de mayo de 2017.
Visto el Expediente Nº 147/2017 Cpo 01 por el cual se tramitan las actuaciones vinculadas con el dictado del Curso de Instructor de Natación para el año 2017 por parte del Instituto Superior de Formación Técnico Docente Arístides Hernández dependiente del EMDER, y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 23020/2017 autoriza al Ente Municipal de Deportes y Recreación mediante resolución fundada establecer las tarifas para los cursos de capacitación dictados por el Instituto Arístides Hernández DIPREGEP 7617, considerando el nivel académico de cada curso, carga horaria, nivel de los disertantes y toda otra consideración que haga a la formación del costo del curso.
Que a fs. 37 se han determinado los diferentes costos para el Curso de Instructor de Natación.
Que de acuerdo al análisis de costos realizado, la duración del curso y la posibilidad de participantes, se determinó el siguiente valor y forma de pago:
- Ocho 8 cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Mil Quinientos $ 1500.- cada una.
Que cada alumno deberá abonar mensualmente para ingresar a la pileta:
cuota del curso, revisación médica mensual y cuota de usuario destinada al Fondo del Deporte Amateur.
Que en caso de pago mensual o total del curso, la Tesorería no realizará devoluciones de dinero por abandono del curso o cualquier otra causa que de motivo a la suspensión del mismo.
Que en caso de solicitar becas o reducción arancelaria, las mismas deberán ser tramitadas mediante nota fundada y se evaluarán según cada caso particular y las posibilidades del Ente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, El PRESIDENTE DEL
ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
RESUELVE

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/07/2017

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date28/07/2017

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First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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