Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 19/08/2010

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Decreto n: 137 08-01-2010
Expte 12191-6-2008 Cpo 01
ARTÍCULO 1- Autorízase, en virtud de lo prescripto en el artículo 3 inciso 3.2 de la Ordenanza N 11.195, al señor Antonio Ignacio Folgado y a la señora Mirta Edith Simonetti, a adoptar un Plano Límite de 14,45m 17,65m 3,20m con el cono de sombra resultante en el edificio destinado a vivienda multifamiliar con subsuelo, planta baja libre a nivel -1,00m y seis pisos superiores, según planos de anteproyecto glosados a fs. 54/55 del expediente Nº 12191-6-98
cuerpo 01, previsto ejecutar en el predio ubicado en el Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos N 1661/139 entre las calles 9 de Julio y 3 de Febrero, identificado catastralmente como: Circunscripción I Sección B Manzana 103
parcela 9, de la ciudad de Mar del Plata.
ARTÍCULO 2- NORMAS GENERALES: Todas aquellas contempladas en el Código de Ordenamiento Territorial COT y en el Reglamento General de Construcciones RGC, que no se opongan a lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 3- APROBACIÓN DE PLANOS Y PERMISO DE CONSTRUCCIÓN: Antes de comenzar los trabajos, el recurrente deberá gestionar el permiso de construcción correspondiente ante la Dirección de Obras Privadas, debiendo exigirse al mismo, previo al otorgamiento, el cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4- Deberá cumplimentar lo establecido en la Ordenanza N 9.784- Código de Preservación Forestalen cuanto a forestación y reforestación de veredas conforme a lo normado por la Ordenanza N 14.576.
ARTÍCULO 5- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
ARTÍCULO 6- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto N 818/96, modificado por el Decreto N 2.269/99.
ARTÍCULO 7- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 8- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, intervenga la Dirección de Ordenamiento Territorial, tome conocimiento el Departamento Uso de Suelo y Morfología Urbana; y para su notificación y demás efectos gírese a la Dirección de Obras Privadas.
CASTORINA
PULTI

Decreto n: 762 09-4-2010
ARTICULO 1º.- Modifíquese el Articulo 4º Anexo I del Decreto Reglamentario 150/07, de la Ordenanza 17633, el que quedara redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 4º.- Cuando la cesión se efectué a favor de una asociación Sociedades Comerciales, Cooperativas, Mutuales, etc, dicha institución otorgará a sus chóferes conductores no titulares una credencial membretada en la que se consignaran: numero de socio, nombre y apellido, numero de documento de identidad y domicilio, como así también podrán poseer en reemplazo de la credencial mencionada una libreta de chofer la cual deberá ser rubricada para su habilitación por el Departamento Ejecutivo a través del Departamento de Transporte. No corresponde la inscripción de los mismos en la Libreta de Inspecciones de Conductores no titulares por su condición de socio, salvo en el caso de sociedades comerciales donde el chofer no sea socio, donde si será requerida tal inscripción. .
ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese, y para su implementación, intervenga el Departamento de Transporte dependiente de la Dirección General de Transporte.
CIANO
PULTI

Decreto n: 983 30-04-2010
Expte 5452-4-2006 Cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptos por extinción de la acción los períodos comprendidos entre 2º/1998 y 6º/2000
en tanto subsistan impagos que pesan sobre la cuenta nro. 39997/7 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservacion de la Via Publica. Fondo de Desague y Fondo Solidario Mar del Plata 2000 - en virtud de lo expuesto en el exordio del presente -.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda Dirección de Coordinacion de Recursos, Departamento de Fiscalización Interna.
PEREZ ROJAS
PULTI

Decreto n: 1130 26-05-2010
Expte 2613-0-1997 Alc 02
ARTICULO 1º.- Otorgase a la Asociación Vecinal de Fomento Coronel Dorrego con domicilio en la calle Termas de Río Hondo Nº 2060 de esta ciudad, la suma de PESOS DOS MIL CIEN $ 2.100,00, en concepto de subsidio, para el pago de los servicios y mantenimiento provenientes del uso de las instalaciones a través del Servicio Social Municipal, correspondiente al Ejercicio2009 .

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 19/08/2010

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date19/08/2010

Page count20

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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