Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 25/11/2022
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
25 de noviembre de 2022
N: 201
presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
MEDICINALES
36.01.100.1.12.226.
36.01.100.1.13.312.
36.01.100.1.13.324.
36.61.100.1.12.230.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
36.61.100.1.12.224.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
37.01.100.1.13.334.
37.01.100.1.13.331.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
UTILES MENORES
MEDICOQUIRURGICOS Y DE
LABORATORIO
ALQUILERES Y
DERECHOS DE
BIENES INMUEBLES
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
COMPUESTOS
QUIMICOS
UTILES DE
ESCRITORIO
OFICINA Y
ENSEÑANZA
PASAJES Y
VIATICOS
PUBLICIDAD Y
PROPAGANDA
TOTAL
$
$
$
300.000
$
600.000
$
3.400.000
$
1.000.000
$
1.000.000
$
300.000
$
11.520.000
300.000
11.520.000
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
31.16.100.1.12.299.
31.16.100.1.13.331.
32.22.100.1.12.220.
32.22.100.1.12.222.
32.22.100.1.13.326.
32.22.100.1.13.399.
-PROGRAMA-ANEXO
-INCISO-ITEMDESCRIPC.
OTROS B. DE CONS.
NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
PUBLICIDAD Y
PROPAGANDA
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
HERRAMIENTAS
MENORES
IMPRENTA
PUBLICACIONES Y
REPRODUCCIONES
OTROS SERV. NO
ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
33.01.100.1.13.333. AUSPICIOS
OTROS B. DE CONS.
33.31.100.1.12.299. NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
33.31.100.1.13.314.
EDIFICIOS Y
LOCALES
CONVENIOS C/ORG.
PROVINCIALES
33.31.100.1.13.339.
NACIONALES E
INTERN
ALQUILERES
33.01.100.1.13.313.
VARIOS
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
33.01.100.1.13.314.
EDIFICIOS Y
LOCALES
CONSTRUCCIONES
33.31.100.2.24.413. Y TRABAJOS
PUBLICOS
ARTICULOS DE
35.01.100.1.12.229
FERRETERIA
PROGRAMAS DE
35.01.100.2.24.423.
COMPUTACION
36.61.100.1.13.311. SERVICIOS BASICOS
36.61.100.1.12.216.
36.61.100.1.12.226.
36.01.100.1.12.220.
36.01.100.1.12.216.
2
PRODUCTOS
FARMACEUTICOS Y
MEDICINALES
UTILES MENORES
MEDICOQUIRURGICOS Y DE
LABORATORIO
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
PRODUCTOS
FARMACEUTICOS Y
AUMENTA
$
DISMINUYE
30.000
$
$
100.000
$
10.000
$
1.600.000
$
50.000
$
430.000
$
30.000
$
5.000.000
$
3.000.000
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán a/c Sec. Economía y Finanzas Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor-
$
101.000
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para abonar Locaciones Profesionales; y
$
9.000
CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6780
del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
$
50.000
$
1.400.000
$
200.000
Que el Artículo 7º de dicha Ordenanza establece Las partidas correspondientes a Gastos de Personal, Becas de Capacitación y Locaciones Profesionales, sólo podrán ser utilizadas para imputar Haberes, Becas de Capacitación, Locaciones Profesionales, Seguros de Personal, Adicionales, Aportes y Gastos extraordinarios referidos al Personal. Las cifras asignadas a estas Partidas podrán ser compensadas por el Departamento Ejecutivo entre sí y entre las distintas Jurisdicciones.
$
430.000
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
$
500.000
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N 631/C/2022
VILLA CARLOS PAZ, 24 de octubre de 2022
500.000
$
ARTICULO 2.- ADECUAR el Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 6780, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
500.000
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
$
1.800.000
$
400.000
JURISDIC. -SUB
JURISD.
32.25.100.1.13.321.
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.
LOCACIONES
PROFESIONALES
AUMENTA
$
700.000
DISMINUYE