Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 18/3/2022

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
18 de marzo de 2022

N: 156
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 076/DE/2022
Decreto Nº 077/DE/2022
Decreto Nº 078/DE/2022
Decreto Nº 079/DE/2022
Decreto Nº 080/DE/2022
Decreto Nº 081/DE/2022
Decreto Nº 082/C/2022
Decreto Nº 083/A/2022
Decreto Nº 084/A/2022
Decreto Nº 085/A/2022
Decreto Nº 086/A/2022
Decreto Nº 087/DE/2022
Decreto Nº 088/DE/2022
Decreto Nº 089/DE/2022
Decreto Nº 090/DE/2022
Decreto Nº 091/DE/2022
Decreto Nº 092/DE/2022
Decreto Nº 093/DE/2022
Ordenanza Nº 6808
Promulgada por Decreto Nº 125/DE/2022
Ordenanza Nº 6809
Promulgada por Decreto Nº 126/DE/2022

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VISTO: La renuncia presentada por el Sr. Marcelo Fabián Solís, al cargo de Coordinador de la Casa de la Juventud; y CONSIDERANDO: Que resulta menester designar a quien continúe con el normal desarrollo de las políticas implementadas en el área creada a instancias de lo dispuesto por el Artículo 49º de la Carta Orgánica Municipal.Que Carlos Facundo Martínez es la persona que reúne los requisitos determinados por el Artículo 3º de la Ordenanza 5043 y su modificatoria Nº 5696 Creación de la Casa de la Juventudademás de capacidad e idoneidad para ello, demostrada a través de las diversas labores desarrolladas hasta la fecha en distintos ámbitos.Que asimismo el citado Artículo 3º, establece que el Coordinador General, designado por Decreto del Departamento Ejecutivo, deberá contar con acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros del Concejo de Representantes.-

Página 8

Que en virtud de lo cual se emite la norma que dispone sobre el particular, sujeto al acuerdo mencionado.-

Página 10

Por ello:

DECRETOS
DECRETO N 076/DE/2022
Villa Carlos Paz, 14 de febrero de 2022

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA

VISTO: La renuncia presentada por el Sr. Marcelo Martín Solís al cargo de Coordinador de la Casa de la Juventud de la Municipalidad de Villa Carlos Paz; y
ARTICULO 1.- DESIGNAR en el cargo de Coordinador de la Casa de la Juventud al Sr. CARLOS FACUNDO MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 41.593.383, a partir de la fecha del presente, en un todo de acuerdo al Artículo 49 de la Carta Orgánica, a la Ordenanza Nº 5043 y modificatoria y a los Considerandos del presente.-

CONSIDERANDO: Que es voluntad de este Departamento Ejecutivo agradecer especialmente al Sr. Solís, los servicios prestados en esta gestión de gobierno municipal al frente del organismo creado por la Carta Orgánica Municipal.-

ARTICULO 2.- Remitir copia del presente Decreto al Concejo de Representantes, a los fines de expresar, si así lo considera, el acuerdo requerido en el Artículo 3º de la Ordenanza 5043 y modificatoria.-

Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.-

ARTICULO 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Por ello:

Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónRamón C. Montenegro, Oficial Mayor-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- ACEPTAR la renuncia presentada por el Sr.
MARCELO MARTÍN SOLÍS, D.N.I. Nº 35.991.464, al cargo de Coordinador de la Casa de la Juventud, designado por Decreto Nº 838/DE/2019a partir del día 14 de FEBRERO de 2022.ARTÍCULO 2.- AGRADECER al Sr. Solís los servicios prestados, que fueron brindados con esfuerzo e integración a esta gestión de gobierno.ARTÍCULO 3.- El Concejo de Representantes, el Tribunal de Cuentas y la Dirección de Recursos Humanos tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.ARTÍCULO 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónRamón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 077/DE/2022
Villa Carlos Paz, 15 de febrero de 2022

DECRETO N 078/DE/2022
Villa Carlos Paz, 15 de febrero de 2021
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 18/3/2022

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date18/03/2022

Page count12

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Last issue19/04/2024

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