Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/2/2021
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
12 de febrero de 2021
N: 88
18
5125
HERRERO, DIEGO
GABRIEL
2321655995-9
4976.27
19
5113
LASTRA, ROCIO
ELIZABETH
2743412795-0
11612.55
20
5114
LUDUEÑA, VIVIANA
GABRIELA
2729939747-0
11612.55
21
5115
MAIDANA, CAMILA
2739937473-7
8294.68
22
4461
MOLINA, IGNACIO
EZEQUIEL
2039473962-7
13271.48
23
4687
NAVARRO, MARIA
EUGENIA
2742338459-5
13271.48
24
5116
ONTIVERO, AARON
ALEXIS
2338884608-9
8294.68
5120
ORDOÑEZ PACHECO, MARIANGEL
CRISTINA
2795981207-7
3317.87
26
5117
OSUNA, ROXANA
MARIELA
2728992787-0
8294.68
27
4719
PEREYRA SANCHEZ, TOMAS EZEQUIEL
2042787361-8
6635.74
28
5118
ROJA, SANDRA DEL
VALLE
2722919874-8
11612.55
29
5026
ROMERO, YAZMIN
MARIA DE L.
ANGELES
2343603612-4
1658.94
30
5119
SUAREZ, MARIA
CANDELA
2736925861-9
12442.01
31
3849
TOMBOLINI, TOMAS
2339545586-9
13271.48
4616
VALDEZ, MARIA DE
LOS ANGELES
25
32
Total:
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
2734457201-7
32
1658.94
254646.04
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Julio C. Niz, Sec. Salud Pública Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 019/DE/2021
VILLA CARLOS PAZ, 12 de enero de 2021
VISTO: La Ordenanza Nº 4859 y modificatorias, mediante la cual se le asigna al Refugio Nocturno Cura Brochero un subsidio mensual; y CONSIDERANDO: Que en un todo de acuerdo a ello corresponde otorgar a la Institución el subsidio correspondiente al año 2021.Que se liquidará en forma mensual la suma de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Dieciseises con Sesenta y Seis centavos $ 44.416,66.-, conforme lo establece la Ordenanza Nº 6654, debiendo la Institución efectuar la correspondiente rendición de gastos.Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.513, del Presupuesto General de Gastos Vigentes.-
4
Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.-
DECRETA
Artículo 1º.-OTORGAR al Refugio Nocturno y Hogar de Tránsito Cura Brochero Asociación Civil, CUIT Nº 3071135352-2, un subsidio mensual de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Dieciséis con Sesenta y Seis centavos $
44.416,66.-, conforme a lo dispuesto por Ordenanza Nº 4859 y sus modificatorias, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto aludido en el Artículo 1º se hará efectivo a nombre de la Institución debiendo sus responsables efectuar las correspondientes rendiciones de cuentas.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.513, del Presupuesto General de Gastos Vigentes.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley, protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO N 020/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 14 de enero de 2021
VISTO: La necesidad de realizar presupuestaria para abonar Haberes; y
una
adecuación
CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6678
del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 7º de dicha Ordenanza establece Las partidas correspondientes a Gastos de Personal, Becas de Capacitación y Locaciones Profesionales, sólo podrán ser utilizadas para imputar Haberes, Becas de Capacitación, Locaciones Profesionales, Seguros de Personal, Adicionales, Aportes y Gastos extraordinarios referidos al Personal. Las cifras asignadas a estas Partidas podrán ser compensadas por el Departamento Ejecutivo entre sí y entre las distintas jurisdicciones.
Que en consecuencia corresponde administrativo que dispone sobre el particular.
emitir
el
acto
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1.- CREAR, a partir del Tercer Nivel del Presupuesto General de Gastos en vigencia, lo siguiente:
JURISDIC.
JURISD.
-SUB -PROGRAMA-ANEXO
ITEM-DESCRIPC.
33.01.100.1.13.321.
-INCISO-
LOCACIONES PROFESIONALES
IMPORTE
$ 0,00