Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 31/8/2018

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
toda otra actividad afín, previa autorización del Departamento Ejecutivo y/o aprobación legislativa, según legislación vigente;
f Supervisar las acciones que se implementen con las distintas áreas del Gobierno Municipal;
g Determinar el funcionamiento del sistema de balnearios en temporada baja, entre el día lunes posterior a las Pascuas y el 30 de octubre de cada año, respetando lo establecido para temporada alta, siguiendo el procedimiento administrativo contable determinado;
ARTÍCULO 4º.- El Centro Operativo tendrá a su cargo el funcionamiento, mantenimiento y administración de los balnearios, teniendo como funciones a Mantener las instalaciones existentes y las que se incorporen en el futuro;
b Recaudar y Administrar, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1511 Ordenanza de Contabilidad, los fondos originados en la explotación de los servicios de cada balneario. La recaudación se llevará a cabo mediante la utilización de tickets únicos, que serán emitidos por la Municipalidad, y llegarán al prestador de los diferentes servicios que se brinden a través del Centro Operativo. La Municipalidad coordinará con la Comisión Administrativa el color, numeración y todo otro detalle que evalúe pertinente de los mencionados tickets;
c Solicitar la colaboración de la Policía de la Provincia para desarrollar tareas de prevención; trabajar de manera conjunta con el Cuerpo de Guardavidas, Seguridad Urbana, el Hospital Municipal y Servicio de ambulancias o cualquier otra dependencia o
Agosto de 2018

Institución que fije el Centro Operativo para el funcionamiento seguro del balneario;
d Colaborar con el Área de Insectoría General, en el control de las actividades de vendedores ambulantes que no cuenten con la autorización del Municipio;
e Proponer a la Comisión la designación de todo otro personal necesario para el funcionamiento del balneario;
f Coordinar con el Municipio la realización de eventos de recreación, deportes y cultura en el ámbito de los balnearios;
g Distribuir los talonarios de tickets de los distintos servicios que se presenten en los balnearios.ARTÍCULO 5º.- Serán funciones del Consejo Consultivo las siguientes:
a Sugerir y evaluar sobre la política a seguir en materia de balnearios, dentro del ejido Municipal;
b Proponer y evaluar planes y acciones sobre el desarrollo equilibrado del conjunto de balnearios existentes o a crearse;
c E m i t i r o p i n i ó n y r e c o m e n d a r modificaciones sobre el plan de mejoramiento previsto en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, así como evaluar su ejecución;
d Considerar y valorar las acciones que se implementen con las distintas áreas del Gobierno Municipal.ARTÍCULO 6º.- Los Representantes de los Centros Vecinales que actúen ante el Consejo Consultivo, serán elegidos por los Centros Vecinales con balnearios dentro de
Publicado: Agosto de 2018
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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 31/8/2018

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date31/08/2018

Page count20

Edition count380

First edition01/01/2015

Last issue26/04/2024

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