Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 13/6/2018

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
La Autoridad de Aplicación del Programa de "Curso de Primeros Auxilios, Reanimación Cardiopulmonar RCP y Desfibrilador Externo Automático DEA" es la Secretaría de Salud Pública y la Dirección de Seguridad de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, quien implementa el cronograma de trabajo y determina el contenido de los cursos.ARTÍCULO 6º.- Incorpórese en el articulado de la Ordenanza Nº5335/10 el artículo 8º bis el que quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo 8º bis: El "Curso de Primeros Auxilios, Reanimación Cardiopulmonar RCP y Desfibrilador Externo Automático DEA" es dictado dos 2 veces al año calendario, los cuales se realizan de la siguiente manera:
a Cada uno de los cursos se realiza en un todo de acuerdo a los requerimientos de los instructores a los fines de dictar los mismos y cumplir con el objetivo de la presente ordenanza. El ejecutivo debe tomar las previsiones necesarias tendientes a garantizar los cupos para la participación de los sectores a los cuales está dirigido el programa.
b Las personas que decidan tomar el curso deben registrarse en tiempo y en forma, para ser acreditados y obtener la certificación correspondiente.
c Aquellas personas que tomaron el curso previamente, que obtuvieron su certificado y quieren revalidarlo, deben tomar el curso anualmente.ARTÍCULO 7º.- Modificar el artículo 9º de la Ordenanza Nº5335/10, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza son atendidos con los fondos de la partida
Junio de 2018

vigente 31.15.100.1.13.340 y/o la que en el futuro la sustituya o complemente.ARTÍCULO 8º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ORDENANZA Nº 6359

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 04 de junio de 2018
VISTO: La Ordenanza N 6359 sancionada por el Concejo de Representantes el día 31 de mayo de 2018, la que es parte integrante del presente;
y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de ese Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6359 sancionada por el Concejo de Representantes el día 31 de mayo de 2018 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144
Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 378 / DE / 2018

Publicado: Junio de 2018
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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 13/6/2018

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date13/06/2018

Page count8

Edition count381

First edition01/01/2015

Last issue03/05/2024

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