Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 11/7/2017

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
domicilio en Liniers 50 de la ciudad de Villa Carlos Paz, en adelante LA
M U N I C I PA L I D A D y l a U n i v e r s i d a d Tecnológica Nacional - Facultad Regional Córdoba, representada en este acto por el señor Decano, Ingeniero HÉCTOR
EDUARDO AIASSA, D.N.I. 11.049159, con domicilio en la calle Maestro Marcelo López, esquina Cruz Roja Argentina - Ciudad Universitaria - de la Ciudad de Córdoba, en adelante LA FACULTAD, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco de Colaboración Recíproca, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes, de común acuerdo y dentro del marco general de este Convenio, podrán solicitar el tipo de asistencia que requieran en materia de capacitación de recursos humanos, asesoramiento y servicios técnicos y trasferencia de investigación aplicada o desarrollos tecnológicos.No siendo esta enumeración taxativa, la misma podrá ser ampliada de común acuerdo por las partes, atentos a las necesidades que se planteen en cada caso.SEGUNDA: Las prestaciones solicitadas, previo estudio de factibilidad, por la parte prestadora, se reglamentarán a través de Convenios Específicos, los que serán incorporados como anexos sucesivos y correlativos al presente Convenio Marco, donde se establecerán los planes o programas de trabajo y procedimientos para la realización de los objetivos fijados.TERCERA: Cada Convenio Específico con su correspondiente plan o programa de trabajo contendrá: a Tarea a ejecutar; b Compromiso que asume cada una de las
Julio de 2017

partes en la consecución de lo convenido según cláusula SEGUNDA; c Presupuesto de medios y gastos operacionales que demandare su ejecución; d Cronograma de actividades con la periodicidad de los informes de avance y final; e Personal que desarrollará el tema; f Aspectos, criterios o pautas a tener en cuenta, que las partes juzguen necesario coordinar, y todo aquello conducente al efectivo cumplimiento del plan o programa de trabajo.CUARTA: Cada una de las partes designará ante la otra un coordinador, con el objeto de orientar y coordinar las actividades que se deriven de la aplicación del presente Convenio. Los Coordinadores podrán conformar preventivamente los contenidos de los Planes o Programas de Trabajo, los que posteriormente deberán ser aprobados y suscriptos por las partes.QUINTA: Las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, teniendo en cuenta que la finalidad de este Convenio Marco tiende a beneficiar el desarrollo de sus actividades, por lo que la labor a realizar será un ejemplo de buena voluntad de esfuerzos.SEXTA: El presente convenio tendrá una duración de 1 un año a partir de su firma y se considera automáticamente renovado por igual período, si 3 tres meses antes del vencimiento ninguna de las partes declara su voluntad en contrario. En caso de que alguna de las partes quisiera dar por finalizado el presente Convenio antes de su vencimiento, deberá notificarlo a la otra, en forma fehaciente, con 3 tres meses de antelación;
no obstante ello, las actividades en ejecución serán continuadas hasta su total conclusión en todo conforme a lo estipulado, salvo que
Publicado: Julio de 2017
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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 11/7/2017

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date11/07/2017

Page count44

Edition count381

First edition01/01/2015

Last issue03/05/2024

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