Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 26/10/2016

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
Octubre de 2016

estuviera, a juicio del Municipio, finalizado en todo sus ítems según Pliego.-

ARTÍCULO 4.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

Las certificaciones de pago por parte de los frentistas deberán ser notificadas en forma fehaciente a los mismos en el domicilio de éstos que figura registrado en el Municipio para el pago de sus Tasas Inmobiliarias.-

ORDENANZA Nº 6158

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 07 de octubre de 2016

ARTÍCULO 2.- SUSTITUIR el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 5.993, el que quedará redactado de la siguiente manera:

VISTO: La Ordenanza N 6158 sancionada por el Concejo de Representantes el día 06
de octubre de 2016, la que es parte integrante del presente; y
Artículo 5º: FORMA DE PAGO: Los frentistas de la Obra podrán elegir el Plan de Pago dentro de las siguientes opciones:

CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de ese Cuerpo.-

a Contado.

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en la citada Ordenanza.-

b En seis 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés.
c En doce 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:

d En dieciocho 18 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un interés del 1,5% mensual.
e En veinticuatro 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, en caso de optar por esta forma de pago se aplicará a las cuotas un interés de 1,5%
mensual.f En treinta y seis 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, en caso de optar por esta forma de pago se aplicará a las cuotas un interés de 1,5% mensual.ARTÍCULO 3.- ADECUAR a los términos de la presente Ordenanza el estado de cuenta de los frentistas que hubieren abonado la obra antes de su vigencia, emitiendo las correspondientes notas de crédito.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6158 sancionada por el Concejo de Representantes el día 06 de octubre de 2016 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Publicado: Octubre de 2016
- página 3 -

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 26/10/2016

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date26/10/2016

Page count8

Edition count381

First edition01/01/2015

Last issue03/05/2024

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