Boletín Oficial de Vicente López del 15/12/2017

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Source: Boletín Oficial de Vicente López

Que a través de la Ordenanza citada se adhirió a la Ley N 13.666 de la provincia de Buenos Aires, la que a su vez se adhirió a la Ley Nacional N 25.506.
Que la Ordenanza establece el valor jurídico del documento electrónico, la rma electrónica y la rma digital, y en su artículo 4 dispone que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Modernización y Gobierno Digital, dentro de las jurisdicciones y entidades que comprenden la Administración Municipal Centralizada y Descentralizada, promoverá el uso masivo de la rma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que por el Decreto N 80 del 11 de enero de 2.017 de la Municipalidad de Vicente López, se ap?obaron las misiones y funciones de las Secretarías del Departamento Ejecutivo.
Que, en el particular, se estableció entre las competencias de la Secretaría de Modernización y Gobierno Digital las de diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática Y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada.
Que, a su turno, la Ordenanza citada establece que le corresponderá a la Secretaría de Modernización y Gobierno Digital o la Autoridad de Aplicación que se designe, dictar las normas de aplicación que resulten necesarias y establecer un cronograma de ejecución de las actividades previstas y realizar el seguimiento correspondiente del PGDMVL.
Que el fortalecimiento de las capacidades institucionales de la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada requiere la implementación de sistemas electrónicos de gestión documental, con el objetivo de acelerar los trámites, aumentar la transparencia, facilitar el acceso a la información, posibilitar la integración e interoperabilidad de los sistemas de información y dotar a los organismos de una herramienta moderna para elevar la calidad de la gestión.
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada que impulsa el Gobierno Municipal, resulta necesario implementar en su ámbito la paulatina y progresiva incorporación de diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración de modo de dotarlos de mayores niveles de ecienci transparencia y accesibilidad.
Que actualmente se encuentran en desarrollo diversos proyectos encaminados a la digitalización de procesos tales como el sistema de gestión integral de recursos humanos y el sistema de gestión documental; estos procesos requieren ineludiblemente del desarrollo de una plataforma horizontal que permita la creación, registro y archivo de documentos electrónicos.
Que el empleo de dichos medios informáticos y telemáticos en la sustanciación de las actuaciones y los expedientes administrativos, permitirá mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos; posibilitará una única numeración y minimizará la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno a la seguridad jurídica.
Que paralelamente, con la adopción de dichas medidas, se logrará incrementar el acceso a la información pública por parte de la ciudadanía y se permitirá alcanzar mayor celeridad y simplicación en las gestiones administrativas.
Que es necesario disponer de una plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica, que incluya la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión, reemplazando los expedientes en papel por expedientes electrónicos integrados en su totalidad por documentos digitales para lograr la despapelización de la administración pública municipal.
Que la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada debe dotarse de una infraestructura tecnológica robusta, escalable, sustentable en el tiempo y eciente, que tenga en miras aumentar la productividad, establecer una estrategia común de implementación de sistemas, evitar la diversidad de tecnologías tanto de software como de hardware, proporcionar servicios avanzados de desarrollo, y facilitar la implantación.
Que es necesario entonces unicar el sistema de gestión documental mediante el uso compartido de un mismo sistema que permita la tramitación integral en formato electrónico, pases entre organismos y accesos remotos, reemplazando el uso del papel.
Por lo expuesto, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de sus atribuciones, DECRETA
ARTICULO 1.-Apruébese la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica GDE como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes de la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada. Dicho sistema actuará como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.
ARTICULO 2.- Las entidades y jurisdicciones que componen la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada, deberán utilizar el sistema GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije la Secretaría de Modernización.
ARTICULO 3.- Desígnase a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN Y GOBIERNO DIGITAL, o a quién ésta designe, como administradora del sistema GDE y en consecuencia le compete:
a Administrar en forma integral el Sistema;
b Habilitar a los administradores locales;
c Actualizar las tablas referenciales;
d Asignar usuarios y permisos;
e Auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al sistema;
f Capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistema.
ARTICULO 4.- A los nes de la implementación y funcionamiento del sistema GDE, en las Secretarías del Municipio y demás organismos que integran la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada, su máxima autoridad designará los funcionarios que actuarán como Administradores Locales.
ARTICULO 5.- Al Administrador Local le Compete:
a Habilitar a los usuarios internos y asignarles los niveles de autorización operativa;
b Actualizar las tablas de sectores internos de la repartición;
c Capacitar y prestar asistencia a los usuarios internos de la repartición.
ARTICULO 6.- Facúltese a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN Y GOBIERNO DIGITAL a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema aprobado por el artículo 1 del presente, y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.
ARTICULO 7.- La SECRETARIA DE MODERNIZACIÓN Y GOBIERNO DIGITAL, a través de la SUBSECRETARÍA DE INÑOVACION, brindará la asistencia técnica y capacitación necesarias para la implementación y funcionamiento del sistema GDE en el Municipio.
ARTICULO 8.- Refrende el presente, el Sr. Secretario de Modernización y el Sr. Secretario de, Gobierno y Asuntos Interjurisdiccionales, ARTICULO 9.- Tomen conocimiento todas las Secretarias y Subsecretarias del Departamento Ejecutivo, comuníquese mediante nota de estilo al Honorable Concejo Deliberante ARTICULO 10.- Dese al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente, Archívese.
Fdo: MacriRubioVittorini RESOLUCIONES DE
Resolución Nº 2549/17

Publicado en versión extractada Vicente López, 09 de noviembre de 2017
Llamando a Concurso Interno de Títulos, Antecedentes y Oposición a n de cubrir cargo vacante de Jefe de Preceptores de la Escuela Municipal Paula Albarracin de Sarmiento de acuerdo a la Ordenanza N
4676.-

Municipio de Vicente López
Boletin Oficial Municipal
Pag. 25

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Boletín Oficial de Vicente López del 15/12/2017

TitleBoletín Oficial de Vicente López

CountryArgentina

Date15/12/2017

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