Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 18/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 158

Martes, 18 de agosto de 2020

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Tercero.- De conformidad con lo establecido en la base quinta de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos de 15
de julio de 2020, será exigible el pago de la tasa de 6,73 euros por derechos de examen a las personas que participen en las pruebas selectivas convocadas.
El pago de la tasa se realizará mediante sistema de autoliquidación. Para ello los interesados deberán cumplimentar el cumplimentar el formulario establecido al efecto, que se halla disponible en la sección Empleo Público del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica Oficial del Ayuntamiento de Valladolid https www.valladolid.gob.es/es/tablonoficial/pago-tasas-examen imprimiendo los tres ejemplares de la autoliquidación:
contribuyente, entidad financiera colaboradora y Ayuntamiento y debiendo adjuntar éste último a la solicitud de participación en el proceso selectivo.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas en que a la fecha publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado concurra alguna de las siguientes circunstancias:

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Núm. 158
Martes, 18 de agosto de 2020

b.Las que tengan la condición de miembros de familias numerosas conforme a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y demás normativas concordantes. Para la aplicación de esta exención el sujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia compulsada del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
c.Las que tengan la condición de personas discapacitadas, considerándose como tales quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100. Para la aplicación de esta exención deberán aportar certificado o fotocopia compulsada del documentado acreditativo expedido por el órgano competente.
d Las que tengan la condición de desempleadas inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo con una antigedad mínima de seis meses. Para la aplicación de esta exención, deberán acreditar este hecho mediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda.

sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

cve: BOPVA-A-2020-02667

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

a.Las víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza o adopción. A los efectos del disfrute de esta exención, se equiparará al cónyuge a quien conviva o hubiere convivido con la víctima con análoga relación de afectividad y acredite, en tal sentido, en virtud de certificado expedido al efecto, su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autonómica correspondiente. Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportar certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.

e.Para las mujeres víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta exención el sujeto pasivo deberá aportar certificado del documentado acreditativo expedido por el órgano competente Quienes se hallen en alguna de las situaciones anteriores, no estarán obligados a presentar autoliquidación ante la oficina liquidadora. A los efectos de justificar su exención de la obligación de pago de la tasa deberán aportar junto a su solicitud la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 18/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

CountrySpain

Date18/08/2020

Page count10

Edition count5586

First edition02/01/2003

Last issue03/05/2024

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