Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 15/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 9

Miércoles, 15 de enero de 2020

Pág. 4

el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 20 de marzo de 2020.
-Sexto. Otros datos de interés.
-Compatibilidad: Serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda que reciban las personas beneficiarias de otras Instituciones públicas o privadas para el mismo fin.
Sin perjuicio de la declaración que sobre esta materia deben presentar las personas solicitantes, éstas quedan obligadas a comunicar a la Diputación de Valladolid la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien el mismo objeto de la presente subvención tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la presentación de la justificación.
En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas podrá ser superior al gasto subvencionable.
Si de los datos aportados por la persona beneficiaria con posterioridad a la resolución de la convocatoria, o por aquellos que conozca la Institución Provincial en el ejercicio de sus funciones de inspección y control, se constata que el importe de las subvenciones excede de coste señalado, se minorará a prorrata la aportación de la Diputación.

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Núm. 9
Miércoles, 15 de enero de 2020

-Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme al modelo que se incluye como Anexo I, y se presentarán directamente en el Registro General de la Diputación Provincial sito en la C/
Angustias nº 44 ó en la Avenida Ramón y Cajal, nº 5 de Valladolid, de 8,30 a 14 horas de lunes a viernes o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común LPAC.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona y vivienda. En el caso de que varias personas presenten solicitudes referidas a una misma vivienda, se les requerirá para que opten por una de ellas.
-Documentación: a las solicitudes deberá acompañarse la documentación que se establece en la base octava de la convocatoria.
-Criterios de valoración: los establecidos en la base undécima de la convocatoria.
-Forma de pago: Previa justificación de la subvención.

sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

cve: BOPVA-A-2020-00132

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

Si la concesión de la subvención se ha efectuado con la base de los datos aportados por el particular sobre subvenciones solicitadas, y con posterioridad a la resolución de la convocatoria se comunica la concesión de una subvención por importe inferior al solicitado, ello no creará derecho alguno a favor de la persona beneficiaria, no procediéndose a la revisión del importe de la subvención concedida por la Diputación de Valladolid.

-Forma de justificación: Se realizará en los términos establecidos en la base decimoctava de la convocatoria.
-Plazo máximo de justificación: 9 de octubre de 2020 incluido.
Valladolid a ocho de enero de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez
http www.diputaciondevalladolid.es
D.L.: N VA-200/2010
BOPVA-B-2020-009

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Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 15/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

CountrySpain

Date15/01/2020

Page count2

Edition count5586

First edition02/01/2003

Last issue03/05/2024

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