Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 21/8/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 159
Miércoles, 21 de agosto de 2019
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4.1.-Esta autorización se entiende otorgada sin perjuicio de terceros, dejando a salvo los derechos particulares, y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros organismos, necesarias para la realización de las obras de distribución eléctrica.
4.2.-En todo momento se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo así como a todo lo establecido en la reglamentación de seguridad industrial que le sea de aplicación para la realización, puesta en marcha y explotación de estas instalaciones.
4.3.-Las instalaciones que se autorizan, habrán de realizarse de acuerdo con el Proyecto denominado Proyecto sustitución del CT "Norte-Sieteiglesias" 120548103, LSMT y enlace con la RBT existente con paso de B1 a B", en la TM de Sieteiglesias de Trabancos Valladolid subscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Sergio Bartolomé Arranz, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, el día 5/4/2019, con el número de visado 699/19E.
4.4.-Para introducir modificaciones, en las instalaciones, que afecten a los datos básicos a los que se refiere el punto 3.2 de esta Resolución, será necesario obtener la autorización de este Servicio Territorial.
4.5.-El plazo para la ejecución de las instalaciones será de seis meses. El interesado podrá solicitar, por razones justificadas, prórroga de dicho plazo.
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Miércoles, 21 de agosto de 2019
Núm. 159
https www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100D
etalleFeed/1251181050732/Tramite/1284476963545/Tramite.
4.7.-Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones al Servicio Territorial de Economía, para realizar las comprobaciones que considere oportunas y el levantamiento del acta de puesta en marcha de las mismas, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento.
4.8.-Los empalmes de la nueva instalación autorizada a la red existente no se podrán realizar hasta que este Servicio Territorial haya emitido la correspondiente acta de puesta en marcha y autorización de explotación.
sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON
cve: BOPVA-A-2019-03335
BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID
4.6.-Una vez realizadas las instalaciones, se deberá solicitar, a este Servicio Territorial, el acta de puesta y autorización de explotación, para lo cual deberá adjuntar certificado final de obra firmado por un técnico titulado competente, visado por su colegio profesional, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia, cubriendo los formularios establecidos en la dirección electrónica:
4.9.-Todos los elementos de la red de distribución que, con motivo de la reforma que se autoriza en esta resolución, queden sin servicio deberán ser desmantelados, incluidas las cimentaciones de los apoyos, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se formalice el acta de puesta en marcha y autorización de explotación.
Iberdrola deberá comunicar al Servicio Territorial de Economía este desmantelamiento en el plazo de 10 días contados a partir del momento en que se realice.
4.10-Las partes aéreas de la instalación de alta tensión, no asiladas, deberán realizarse