Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 19/8/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 157
Lunes, 19 de agosto de 2019
A. En el supuesto de rescisión de contrato por la Autoridad Municipal se dará conocimiento de este hecho la RLT con carácter inmediato. Si fuera la Empresa la que solicitara la rescisión del contrato lo comunicará la RLT en la misma fecha de la presentación de la solicitud.
B. En el caso de imposición de sanciones por faltas graves y muy graves, la RLT será informada. Si el trabajador afectado fuese Representante Legal de los Trabajadores, y la falta fuera grave o muy grave, se abrirá expediente contradictorio, en el que será oído, aparte del interesado, la RLT.
C. Realizar propaganda e informar de temas laborales y sindicales en el tablón de anuncios de uso exclusivo para estos temas D. A requerimiento de los trabajadores afiliados a las Centrales Sindicales, la Empresa descontará en las nóminas mensualmente de los trabajadores el importe de la cuota sindical correspondiente. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la Dirección de la Empresa un escrito en el que se expresará con claridad la orden de descuento, la Central o Sindicato a que pertenece la cuantía de la cuota, así como el número de la cuenta corriente o libreta de ahorro a la que debe ser transferida la correspondiente cantidad.
ANEXO 1 - GRUPOS PROFESIONALES Y DEFINICIÓN DE FUNCIONES
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Núm. 157
Lunes, 19 de agosto de 2019
A. Funciones de Encargado: Con los conocimientos suficientes y bajo las órdenes directas del Jefe de Servicios. Tiene mando sobre los conductores, peones especializados y peones. Adopta las medidas oportunas para el debido ordenamiento y ejercicio de su cargo y muy especialmente del cumplimiento de cuantas órdenes recibe de sus superiores. Es el responsable del mantenimiento de la disciplina de los servicios a su cargo, muy especialmente de cuantas disposiciones se refieran a la seguridad e higiene en el trabajo.
B. Funciones de Conductor: En posesión del carné de conducir correspondiente, tiene los conocimientos necesarios para ejecutar toda clase de reparaciones, que no requieren elementos de taller. Cuidará especialmente de que el vehículo o máquina que conduce salga del parque en las debidas condiciones de funcionamiento.
sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON
C. Funciones de Peón especializado: El dedicado a determinadas funciones que sin constituir un oficio exigen, sin embargo, cierta práctica y especialidad.
cve: BOPVA-A-2019-03313
BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID
GRUPO PROFESIONAL OPERARIOS:
D. Funciones de Peón: Trabajador encargado de ejecutar labores para cuya realización no se requiera ninguna especialización profesional ni técnica. Pueden prestar sus servicios indistintamente en cualquier servicio o lugar de los centros de trabajo.
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