Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 20/6/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 116
Jueves, 20 de junio de 2019
Pág. 4
III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID
AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO
BDNS Identif.: 460324
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA
RUTA DEL MUDEJAR PARA LA CONSERVACIÓN DE LAS TRADICIONES Y FESTEJOS
TAURINOS, AÑO 2019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index:
PRIMERO. Beneficiarios.
Ayuntamientos de la provincia de Valladolid de la ruta del Mudejar, según catalogación del Grupo de Acción Local Ruta del Mudejar.
SEGUNDO. Objeto.
Subvenciones a Ayuntamientos de la ruta del Mudejar para ayudar a la conservación y promoción de las tradiciones y festejos taurinos.
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Jueves, 20 de junio de 2019
Núm. 116
Cuarto. Cuantía.
-Cuantía total: 50.000 euros.
-Cuantía por beneficiario: 6.000 euros.
QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.
9 de agosto de 2019, incluido.
sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID
cve: BOPVA-A-2019-02372
BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID
TERCERO. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006.
SEXTO. Otros datos de interés.
-Actividades subvencionables:
Festejos taurinos, considerando como tales corridas de toros, novilladas, becerradas, rejones, concursos de cortes, encierros y festejos populares tipo gran Prix.
Actividades culturales que redunden directamente en beneficio del fomento y conservación de las tradiciones taurinas, considerando como tales, entre otras, las charlas, coloquios, exposiciones, trabajos y libros.
-Gastos subvencionables: cualesquiera relacionados con las actividades subvencionables que se realicen y abonen durante el año 2019.
El Ayuntamiento no podrá imputar gastos de personal propio, ni gastos de mantenimiento de sedes, tales como luz, calefacción o teléfono.
No podrá destinarse más del 5% de la subvención a atenciones protocolarias.