Boletín Oficial de Sonora del 25/9/19

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Source: Boletín Oficial de Sonora

ARTÍCULO CUARTO.- Se contará con un plazo de noventa días para expedir los Lineamientos del Fondo Estatal, contado a partir de la fecha en que entre en vigor el presente Decreto.
ARTÍCULO QUINTO.- Una vez que entre en vigor el presente Decreto, la Secretaría de Hacienda del Ejecutivo Estatal deberá realizar las adecuaciones presupuestales conducentes.

La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas deberá hacer las previsiones presupuestales necesarias para la operación del presente decreto para el ejercicio fiscal siguiente al de su entrada en vigor.
ARTÍCULO SEXTO.- La Comisión Ejecutiva Estatal será la encargada de las reparaciones como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos que se encuentren en trámite al momento de la entrada en vigor del presente Decreto.

Dichas reparaciones comprenderán las medidas de restitución, rehabi litación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica.
La Secretaría de Gobierno, en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, remitirá los expedientes que se encuentren en trámite y resueltos, señalando las reparaciones que se estén pendientes de solventar, mismas que serán asumidas en su totalidad por la Comisión Ejecutiva Estatal.
ARTÍCULO SÉPTI MO.- Al año de la entrada en vigor del presente Decreto, la Comisión Ejecutiva Estatal rendirá un informe al Congreso del Estado, en el que indique las acciones que realizó para reparar el daño en las hipótesis a las que se refiere el artículo transitorio anterior.

El Congreso podrá solicitar la comparecencia del titul ar de la Comisión Ejecutiva Estatal para que presente el informe correspond iente.
Comuníquese al Titular del Poder Ejecutivo para su sanción y publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.- SALON DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL
ESTADO. Hermosillo, Sonora, 05 de septiembre de 2019. C. LUIS ARMANDO
COLOSIO MUÑOZ, DIPUTADO PRESIDENTE.- RÚBRICA.- C. ORLANDO SALIDO
RIVERA, DIPUTADO SECRETARIO.- RÚBRICA.- C. MARCIA LORENA CAMARENA
MONCADA, DIPUTADA SECRETARIA.- RÚBRICA.
Por tanto, mando se publique en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.- GOBERNADORA DEL
ESTADO.- CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO.- RÚBRICA.- SECRETARIO
DE GOBIERNO.- MIGUEL ERNESTO POMPA CORELLA.- RÚBRICA.

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Tomo CCIV Hermosillo, Sonora Edición Especial Miércoles 25 de Septiembre del 2019

Boletin Oficial

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Boletín Oficial de Sonora del 25/9/19

TitleBoletín Oficial de Sonora

CountryMexico

Date25/09/2019

Page count24

Edition count2100

First edition02/01/1997

Last issue25/03/2021

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