Boletín Oficial de Navarra del 27/1/2021

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 752 - Número 19

Miércoles, 27 de enero de 2021

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.7. OTROS
RESOLUCIÓN 539/2020, de 17 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se modifica la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprobaban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación.
El Director del Servicio de Plurilingismo y Enseñanzas Artísticas propone introducir una modificación en los Anexos VI, VII, VIII y IX de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, ya que presentan unas divergencias de tipo técnico por error.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, RESUELVO:
1.º Aprobar las modificaciones en los Anexos VI, VII, VIII y IX
de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, de la siguiente manera.
En el Anexo VI. 11.2.3. Tareas c.
Donde dice:
El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 250 palabras.
Debe decir:
El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 225 palabras.
En el Anexo VII 7.1. Mediación Escrita.
Donde dice:
Textos orales.
Debe decir:
Textos escritos.
En el Anexo VIII. 4.3.2. Producción y coproducción.
Donde dice:
Máximo total de 100 palabras.
Debe decir:
Máximo total de 75 palabras.
Sobre el mismo tema, en el Anexo IX. 10.2. Producción y coproducción oral: características y formato.
Donde dice:
Máximo total de 100 palabras.
Debe decir:
Máximo total de 75 palabras.
Finalmente, en el Anexo IX. Mediación escrita. 11.1.3. Tareas., falta el apartado c soportes.
Debe decir:
c Soportes.
Incluirán el tema del currículo en el que se inscribe la tarea.
El texto de entrada estará en L2 y no superará las 500 palabras.
El texto de entrada contendrá información relevante y no relevante para el contexto de manera que el candidato tenga que elegir la información relevante para la situación planteada en la consigna.
Los soportes incluirán el saludo, la introducción y la despedida del texto en el que se enmarque la mediación.
Se reservarán espacios margen o columna para la anotación de las puntuaciones parciales por criterio y para los comentarios del examinador.
2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente Resolución a los Servicios de Plurilingismo y Enseñanzas Artísticas y de Inspección Educativa, a las Secciones de Lenguas Extranjeras y de Ordenación Académica y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 17 de diciembre de 2020.El Director General de Educación, Gil Sevillano González.
F2015996

RESOLUCIÓN 302/2020, de 15 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente por la que se aprueba la Modificación del Trazado de la Cañada Real Milagro Aezkoa CRMA en la parcela catastral 10/327 del término de Puente La Reina.
Las vías pecuarias de Puente la Reina fueron determinadas por estos actos administrativos:
Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 22 de mayo de 2013, por el que declara la existencia de las vías pecuarias cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el expediente de clasificación y aprueba la reposición de los mojones deteriorados o desaparecidos de los términos municipales de Belascoáin, Cizur, Puente la Reina, Legarda, Uterga, Muruzábal y Obanos.
Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 26 de octubre de 2016, por el que declara la existencia de las vías pecuarias cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el expediente de clasificación y se aprueba la reposición de los mojones deteriorados o desaparecidos de los términos municipales de Valle de Yerri y Lezáun, y se modifica la clasificación de las vías pecuarias de los términos municipales de Guesálaz, EstellaLizarra, Villatuerta, Puente la Reina, Cirauqui y Mañeru.
En octubre de 2019 el matrimonio de Julián Echeverría Salinas y M.
Angeles Ayerra Echarte, propietarios de la parcela catastral 10/327 de Puente La Reina colindante con la CRMA, solicitan un cambio de trazado con esta, para uniformar unos lindes extremadamente irregularizados en ese sector, que limitan tanto el uso de la vía pecuaria como las labores de cultivo. El cambio de trazado propuesto, subsana ese defecto para ambas partes, al amparo del artículo 10 de Modificación del Trazado de la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, tal y como se determina en el Informe adjunto VP11819, mejorando la condición demanial como bien de dominio público, aspecto fundamental para las vías pecuarias, por ello, se informa favorablemente sobre el nuevo trazado propuesto para la CRMA en ese tramo.
Según la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, las cañadas cumplen la condición de Bienes de Dominio Público y para ello por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por interés particular, se puede autorizar la variación o desviación del trazado de una vía pecuaria, siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y la continuidad de los trazados, junto con la del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios con aquél.
Con esta premisa, el Servicio Forestal y Cinegético unidad encargada de la gestión de las vías pecuarias de Navarra, establece unos condicionantes para el nuevo trazado de la CRMA en ese tramo concreto que se recogen y cumplen en el proyecto de reposición de la vía pecuaria que se presenta para su aprobación en el Informe VP11819, una vez cumplidos los trámites de audiencia y justificación de la exposición pública, notificada en el Boletín Oficial de Navarra número 90 de 3042020 y realizada sin haberse recibido alegaciones.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
RESUELVO:
1.º Aprobar la Modificación del Trazado de la Cañada Real Milagro Aezkoa en la parcela catastral 10/327 de Puente La Reina, de acuerdo al plano adjunto.
2.º Trasladar a catastro las parcelas segregadas que pasarán a formar parte de las vías pecuarias de acuerdo al plano adjuntado como anexo.
3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar esta Resolución al Servicio Forestal y Cinegético a los efectos oportunos.
5.º Notificar esta Resolución a don Julián Echevarría Salinas, doña M. Angeles Ayerra Echarte y al Ayuntamiento de Puente La Reina, a los efectos oportunos.
6.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente Local en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

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Boletín Oficial de Navarra del 27/1/2021

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date27/01/2021

Page count36

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First edition02/03/2001

Last issue29/08/2023

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