Boletín Oficial de Navarra del 1/10/2020
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Source: Boletín Oficial de Navarra
Jueves, 1 de octubre de 2020
Número 225 - Página 9621
1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo RECURSOS DE ALZADA. Emplazamiento a los interesados en el recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución 92/2020, de 18 de junio, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación.
Mediante el presente anuncio se comunica que se ha interpuesto recurso de alzada por doña María Carmen Cossio Borda frente a la Resolución 92/2020, de 18 de junio, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos correspondientes a la fase de concurso de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobados por Resolución 8/2019, de 26 de diciembre, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
Orientación Educativa castellano:
Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45
y 118 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se emplaza a los interesados en dicha especialidad para que en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, puedan formular alegaciones, las cuales se presentarán en el Registro del Departamento de Educación sito en la cuesta de Santo Domingo, s/n, de Pamplona o, en otro caso, por cualquiera de los medios que prevé la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La copia del recurso interpuesto se encuentra a disposición de los interesados en la Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, sita en la cuesta de Santo Domingo, s/n, de Pamplona.
Pamplona, 25 de septiembre de 2020.La Secretaria General Técnica del Departamento de Educación, Beatriz Ayerra Gamboa.
F2011138
RECURSO DE ALZADA frente a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 2 puestos de trabajo de Técnico en Farmacia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y para la constitución de listas de aspirantes.
En relación con la convocatoria para la provisión, mediante concursooposición, de 2 puestos de trabajo de Técnico en Farmacia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y para la constitución, a través de las pruebas selectivas, de listas de aspirantes al desempeño de dichos puestos de trabajo tanto mediante contratación temporal como por promoción interna temporal, Boletín Oficial de Navarra número 245, de 21 de diciembre de 2018, se anuncia que se ha interpuesto recurso de alzada frente a la valoración de méritos del concurso, lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica a todas las personas interesadas para que en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio puedan presentar alegaciones.
En aplicación de lo previsto en el apartado 8.º de la Orden Foral 59/2020, de 14 de mayo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, para obtener una copia de los recursos interpuestos
las personas interesadas podrán solicitar a través del Registro General Electrónico http www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/1718/RegistroGeneral-Electronico la remisión de los recursos de alzada presentados, a cuyo efecto deberán facilitar en su solicitud una dirección de correo electrónico a la que le serán remitidos los mismos.
Las alegaciones podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Pamplona, 24 de septiembre de 2020.La Jefa del Servicio de Régimen Jurídico del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Marta Beamonte Aréjula.
F2011091
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 490/2020, de 15 de septiembre, del Director General de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la relación de municipios beneficiarios del Fondo extraordinario de transferencias de capital para inversiones de impulso de la economía local y se ordena el abono de las cuantías a percibir por cada uno de ellos, en concepto de anticipo.
Mediante Ley Foral 13/2020, de 1 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 148, el 7 de julio, se aprueba la concesión, regulación y distribución de un crédito extraordinario de 25 millones de euros, con cargo al Fondo de Participación de las Haciendas Locales de Navarra, para cubrir las necesidades de las entidades locales derivadas de la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente por motivos de salud pública motivadas por el COVID-19.
En el artículo 4 de la citada Ley Foral, se regula el Fondo extraordinario de transferencias de capital para inversiones de impulso de la economía local con cargo a la partida 211000-21300-7600-261603 COVD-19 Fondo extraordinario transferencias de capital para inversiones de impulso de la economía local por importe de 13.500.000 euros, del que son beneficiarios todos los municipios de Navarra.
Dentro del mismo artículo, se establecen las condiciones reguladoras del Fondo y señala que:
1. Serán inversiones financiables, aquellas de las contempladas en el capítulo VI del Anexo 2 del Decreto Foral 234/2005, de Estructura Presupuestaria de las Entidades Locales de Navarra, que cada municipio determine y cuyo objeto esté incluido dentro de uno o varios de los siguientes apartados regulados en la letra A del Anexo III de la presente ley foral:
a Eficiencia energética.
b Movilidad urbana sostenible.
c Adecuación de dotaciones.
d Conectividad en banda ancha.
e Eficiencia en el uso del agua.
2. Podrán ejecutarse por el municipio inversiones en beneficio de uno o varios de los concejos de su término.
Si se tratara de inversiones referidas a materias propias de la competencia concejil será necesario, en su caso, el acuerdo del Concejo para la ejecución de la actuación por parte del municipio, de conformidad con lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.
3. El plazo para la ejecución de las inversiones será el comprendido entre el día 14 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.
Se entenderá que la inversión está ejecutada cuando los gastos se hayan facturado y pagado en dicho período.
4. Las cuantías a percibir por cada municipio se calcularán conforme a los siguientes parámetros:
MUNICIPIOS
SIMPLES
IMPORTE
POR MUNICIPIO
SIMPLE
Población inferior a 100 habitantes
38
10.000,00
5
11.072,00
435.360,00
Población igual o superior a 100 habitantes e inferior a 500 habitantes
81
19.000,00
29
21.036,80
2.149.067,20
Población igual o superior a 500 habitantes e inferior a 1.000 habitantes
25
40.000,00
11
44.288,00
1.487.168,00
Población igual o superior a 1.000 habitantes e inferior a 2.000 habitantes
18
65.000,00
5
71.968,00
1.529.840,00
Población igual o superior a 2.000 habitantes e inferior a 3.000 habitantes
19
86.528,20
4
95.804,02
2.027.251,89
Población igual o superior a 3.000 habitantes e inferior a 5.000 habitantes
14
110.000,00
2
121.792,00
1.783.584,00
Población igual o superior a 5.000 habitantes e inferior a 10.000 habitantes
6
155.000,00
3
171.616,00
1.444.848,00
Población igual o superior a 10.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes
9
200.000,00
2
221.440,00
2.242.880,00
Población igual o superior a 50.000 habitantes
1
400.000,00
0
-
TRAMOS DE POBLACIÓN
TOTALES:
211
MUNICIPIOS
COMPUESTOS
61
IMPORTE
POR MUNICIPIO
COMPUESTO
TOTALES
POR TRAMO
400.000,00
13.499.999,09