Boletín Oficial de Navarra del 2/9/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 11034 - Número 172

Lunes, 2 de septiembre de 2019

Para ello deberá solicitarse, por escrito, la autorización de traslado y la justificación técnica del mismo, siendo obligatorio llevar una copia de la autorización en el vehículo que realice el transporte.
Esta autorización se expedirá exclusivamente para la elaboración de vinos blancos y rosados que serán controlados desde la bodega de procedencia y quedarán supeditados en la bodega de destino a la verificación de la calificación del Consejo Regulador. Sólo podrá dedicarse el mosto blanco a la elaboración de vinos blancos y el mosto rosado a la elaboración de vinos rosados.
Por parte del Servicio Habilitado de Veedores del Consejo Regulador, se establecerán las medidas adecuadas para el mejor control y vigilancia de dichos traslados, medidas que se indicarán en la autorización correspondiente.
A los vinos obtenidos a partir de mostos adquiridos, se les descontarán unas mermas mínimas, soportadas por el comprador que serán las siguientes:

1% de mermas para los mostos desfangados.
4% de mermas para los mostos sin desfangar.
A la bodega expedidora se le descontará del vino amparado que le corresponda, en función de las uvas elaboradas, la cantidad correspondiente al vino vendido, es decir, la cantidad retirada menos el 1 o 4%, según sea el mosto, desfangado o sin desfangar.
Cuando ambas partes, vendedora y compradora, acuerden unas mermas superiores para la parte compradora, el Consejo Regulador aplicará los porcentajes acordados, debiendo comunicarlo al Consejo Regulador juntamente con la solicitud de traslado.
Para resolver cualquier duda sobre el particular, pueden dirigirse al Servicio Habilitado de Veedores del Consejo Regulador, llamando al teléfono 941 500 400.
Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos.
Logroño, 27 de agosto de 2019.El Director del Órgano de Control, Pablo Franco Sarria.

Boletín Oficial de Navarra, calle Esquíroz, 20 bis, 31007 Pamplona. Teléfono: 848 42 12 50. Fax: 848 42 12 40. bon@navarra.es Edición: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior. Boletín Oficial de Navarra Periodicidad: De lunes a viernes excepto festivos en la Comunidad Foral de Navarra Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos
D.L. NA. 1-1958 ISSN 2253-9646

www.bon.navarra.es
E1911269

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Boletín Oficial de Navarra del 2/9/2019

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date02/09/2019

Page count48

Edition count4641

First edition02/03/2001

Last issue29/08/2023

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