Boletín Oficial de Navarra del 28/8/2013

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 9318 - Número 165

Miércoles, 28 de agosto de 2013

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 1411/2013, de 7 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se modifica la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Entidades Locales por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general o social.
Mediante Resolución 233/2012, se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a conceder a las Entidades Locales de Navarra por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras o servicios calificados de interés general o social, bases reguladoras que sustituían a las aprobadas mediante Orden Foral 15/2005, de 10 de febrero, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, que el paso del tiempo y las nuevas circunstancias socioeconómicas hacían conveniente modificar.
El párrafo segundo de la base 4 de la convocatoria dice que: Estas subvenciones están cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Plurirregional número 2007ES05UPO001, denominado Adaptabilidad y Empleo.
Esta cofinanciación ha disminuido considerablemente, por lo que, en una situación económica como la actual, es necesario incidir de forma especial, en la necesidad de disponibilidad de fondos económicos que incidan directamente en la creación de empleo directo como es la contratación de personas desempleadas, para la realización de obras o servicios de interés general o social.
En consecuencia, dado que aún existe asignación financiera del Fondo Social Europeo sin comprometer en el Programa Operativo FSE 20072013
de Navarra, y puesto que estas actuaciones son totalmente coherentes con la estrategia de dicho Programa Operativo, se ha considerado de interés la inclusión en el mismo de estas subvenciones.
En el Comité de Seguimiento del PO FSE 20072013, celebrado el 17
de mayo de 2013 en Pamplona, se presenta esta propuesta de cambio del Programa que cofinanciará las subvenciones, siendo el Programa Operativo FSE 20072013 de Navarra, en lugar del Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo. Una vez aprobada esta propuesta de modificación en el propio Comité de Seguimiento, se procede a cambiar la redacción del documento Criterios de Selección de las Operaciones cofinanciadas por el FSE, en el sentido de incluir estas subvenciones a Entidades Locales para la contratación de personas desempleadas.
Por todo ello, es preciso modificar la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo.
De conformidad con lo expuesto, visto el informe propuesta, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 13 de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por el Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo, RESUELVO:
1.º Modificar la Resolución 233/2012, de 23 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que regula la concesión de subvenciones a las Entidades Locales por la contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general o social, en los siguientes términos.
1.1. Modificar el segundo párrafo de la base 4, Dotación presupuestaria.
Donde dice:
Estas subvenciones están cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Plurirregional número 2007ES05UPO001, denominado Adaptabilidad y Empleo.
Debe decir:
Estas subvenciones están cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del PO FSE 20072013 de Navarra.
1.2. Modificar el apartado h de la base 14. Obligaciones de las beneficiarias.
Donde dice:
En cuanto a la publicidad de la financiación por parte del Gobierno de Navarra y del Servicio Público de Empleo Estatal, los documentos, anuncios en prensa y material divulgativo o informativo emitidos por la entidad beneficiaria, deberán hacer constar en todo caso el nombre del programa, actividad y/o funcionamiento y el símbolo oficial del Servicio Navarro de Empleo/Gobierno de Navarra, acompañado de la leyenda del programa, actividad/funcionamiento financiado por el Servicio Navarro de Empleo/Gobierno de Navarra, el Servicio Público de Empleo Estatal, así como la del Fondo Social Europeo, según su Reglamento CE número 1. 828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre.

Debe decir:
En cuanto a la publicidad de la financiación por parte del Gobierno de Navarra y del Servicio Público de Empleo Estatal, los documentos, anuncios en prensa y material divulgativo o informativo emitidos por la entidad beneficiaria, deberán hacer constar en todo caso el nombre del programa, actividad y/o funcionamiento y el símbolo oficial del Servicio Navarro de Empleo/Gobierno de Navarra, acompañado de la leyenda del programa, actividad/funcionamiento financiado por el Servicio Navarro de Empleo/Gobierno de Navarra, el Servicio Público de Empleo Estatal, así como la del Fondo Social Europeo.
Asimismo, el Servicio Navarro de Empleo hará públicas las subvenciones concedidas mediante su inclusión en el Portal de Empleo de Navarra, en las condiciones establecidas en el artículo 15.1 de la Ley Foral 11/2005
de 9 de noviembre, de Subvenciones y asimismo dando cumplimiento al articulo 7 del Reglamento CE 1828/2006, de 8 de diciembre, de la Comisión, y al Plan de Comunicación de los Programas Operativos del FEDER y del FSE de la Comunidad Foral de Navarra 20072013.
Igualmente el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hará publicidad de las subvenciones en la página Web de la Dirección General de Fondos Comunitarios y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en la página Web de la UAFSE.
Las entidades beneficiarias deberán incorporar en todas las actuaciones de promoción y difusión que las mismas están subvencionadas por el Servicio Navarro de Empleo del Gobierno de Navarra y cofinanciadas al 50% por el FSE.
1.3. Modificar la base 16. Seguimiento y control.
Donde dice:
Las entidades beneficiarias deberán someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Servicio Navarro de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, a las previstas en la legislación de la Cámara de Comptos y a cualquier otra que legalmente sea procedente.
Debe decir:
Las entidades beneficiarias deberán someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Servicio Navarro de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno de Navarra, a las previstas en la legislación de la Cámara de Comptos, a las que deban ejercer los órganos responsables de la gestión del Fondo Social Europeo, y a cualquier otra que legalmente sea procedente.
El desarrollo de la actuación y la justificación de su realización, respetará todas las disposiciones aplicables a los Fondos Estructurales en materia de subvencionalidad, gestión y control, en particular el Reglamento CE número 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5
de julio de 2006 relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento CE número 1784/1999, el Reglamento CE número 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento CE número 1260/1999, y el Reglamento CE número 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento CE número 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento CE número 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Al objeto de poder cumplir con los requisitos de control de fondos estructurales las entidades beneficiarias deberán conservar toda la documentación asociada a la subvención al menos durante tres años después del cierre del Programa Operativo FSE 20072013 de Navarra.
2.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Promoción de Empleo y a la Intervención Delegada en el Servicio Navarro de Empleo, a los efectos oportunos.
3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Contra esta Resolución y los actos de aplicación de la misma cabe interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación o notificación, sin perjuicio de poder efectuar ante el Gobierno de Navarra el requerimiento previo en la forma y plazos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Pamplona, 7 de agosto de 2013.La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, M. Isabel García Malo.
F1311550

About this edition

Boletín Oficial de Navarra del 28/8/2013

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date28/08/2013

Page count36

Edition count4829

First edition02/03/2001

Last issue03/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2013>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031