Boletín Oficial de Navarra del 4/5/2001

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Source: Boletín Oficial de Navarra

3278

Viernes, 4 de mayo de 2001

RECAUDACION EJECUTIVA. Notificación de diligencia de embargo de bienes inmuebles.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA.
Edictos de notificación.
III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
PAMPLONA. Aprobación definitiva modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

B.O. de NavarraNúmero 55

PAGINA

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VIANA. Normativa del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Histórico de Viana.
3326

3296
3311

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

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VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

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3325

VII. ANUNCIOS

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I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Ordenes Forales ORDEN FORAL 136/2001, de 4 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de necesidades educativas especiales.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el tratamiento de los datos de carácter personal, y el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regula los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
El Director del Servicio de Renovación Pedagógica propone la creación del fichero con denominación Necesidades educativas especiales cuya finalidad es escolarizar en las condiciones más favorables a los alumnos que presenten discapacidad psíquica, motora o sensorial.
El Artículo 2.º del Decreto 143/1994 establece que la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación y la creación de nuevos ficheros, se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero.
En su virtud, visto el informe del Servicio de Renovación Pedagógica, ORDENO:
1.º Crear en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado Necesidades educativas especiales.
a Finalidad del fichero y usos previstos.
Registro donde se recopila y actualiza información acerca de alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica, sensorial o motora.
Sirve para poder colaborar con los centros educativos en labores de apoyo a estos alumnos para ofrecerles una adecuada respuesta educativa.
b Personas o colectivos afectados.
Alumnos escolarizados en niveles no universitarios, tanto de centros públicos como privados, con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica, sensorial o motora.
c Procedimiento de la recogida de datos.
A través de los orientadores de los centros y con los informes y formularios oportunos.
d Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.
Nombre y apellidos Fecha de nacimiento Domicilio Etapa y curso Centro escolar Localidad Zona Curso Modelo lingístico Año de incorporación al centro Años de escolarización Discapacidad:
Psíquica Comunicativa Auditiva Visual Motora
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. Sobredotación . Síndromes específicos . Refuerzo pedagógico . Adaptación curricular . Apoyo e Cesiones de datos de carácter personal:
Unicamente las estadísticas con recuento de alumnos por zonas estarán a disposición de quien las solicite.
A cada centro educativo se cederán los datos completos de los alumnos del mismo.
Tendrán acceso a los datos completos de la base el Servicio de Renovación Pedagógica y el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.
f Unidad orgánica responsable del fichero: Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra.
g Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicio de Renovación Pedagógica.
2.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
3.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Renovación Pedagógica, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Innovación y Promoción Educativas, a la Unidad Técnica de Educación Especial y al Centro de Recursos de Educación Especial para Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, cuatro de abril dos mil uno.El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.
A0103751

Autoridades y Personal ORDEN FORAL 71/2001, de 26 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se dispone el cese, a petición propia, de don Angel Lorente Ducun como Jefe de la Unidad Administrativa de Coordinación Número Dos del Servicio de Inspección Tributaria de la Hacienda Tributaria de Navarra.
El Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, establece en su disposición adicional tercera, número 2, que los nombramientos para desempeñar interinamente las Jefaturas de Sección y de Negociado podrán ser revocados libremente por el órgano que los hubiese efectuado.
Las Unidades Administrativas creadas al amparo de lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto Foral 353/1999, de 13 de septiembre, tendrán el mismo rango que los Negociados.
En virtud de lo dispuesto en el mencionado precepto, que atribuye al Consejero de Economía y Hacienda la facultad de desarrollar la estructura orgánica de la Hacienda Tributaria de Navarra, ORDENO:
Disponer el cese, a petición propia, de don Angel Lorente Ducun como Jefe de la Unidad Administrativa de Coordinación Número Dos del Servicio de Inspección Tributaria de la Hacienda Tributaria de Navarra, agradeciéndole los servicios prestados.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden Foral entrará en vigor el treinta y uno de marzo de dos mil uno.
Pamplona, veintiséis de marzo de dos mil uno.El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco Iribarren Fentanes.
A0103401

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Boletín Oficial de Navarra del 4/5/2001

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date04/05/2001

Page count71

Edition count4641

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Last issue29/08/2023

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