Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 250

Martes, 29 de octubre de 2019

I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Cultura 6671

Resolución de 15 de octubre de 2019 de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establece el Plan de Actuación de la Inspección de Educación para el curso 2019-2020.

El Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre, establece entre otras la Consejería de Educación y Cultura como Departamento encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las materias de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
El artículo 3 del Decreto 172/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Cultura, atribuye la dependencia de la Inspección de Educación a la Secretaría General, y su disposición transitoria primera señala que, hasta tanto no se apruebe el decreto que desarrolle la estructura orgánica de dicha Consejería, los órganos y unidades integrados en la misma continuarán desempeñando las funciones que tienen atribuidas por los decretos correspondientes, en cuanto no se opongan a este.
De acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Inspección de Educación es un factor favorecedor de calidad. Por tanto, mediante el ejercicio de sus funciones, su cercana presencia en los centros y el contacto con la comunidad educativa, debe coadyuvar al avance hacia la excelencia en la educación y el establecimiento de nuevos modelos y procedimientos educativos más eficaces en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.
El Decreto 316/2015, de 29 de diciembre, por el que se ordena y regula la Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ha establecido el marco normativo necesario para el ejercicio de la inspección en todos los elementos y aspectos del sistema educativo regional asegurando el cumplimiento de las leyes, velando por el correcto ejercicio de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, contribuyendo de esta manera a la mejora del sistema educativo regional. De ahí que los Inspectores e Inspectoras de educación, hayan de ser agentes activos en la consecución de la calidad educativa y la equidad de la enseñanza.
Con vistas a ello, el ejercicio de la acción inspectora implica un conocimiento global de todos los elementos del sistema educativo regional: centros, programas que desarrollan y servicios que en ellos inciden, más allá del estricto control del cumplimiento de la norma, así como un conocimiento profundo de las características y del funcionamiento de cada uno de los centros con los que los Inspectores han de mantener contacto directo y continuo, con objeto de realizar un pormenorizado análisis de las variables organizativas y curriculares derivadas del ejercicio de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión que la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, otorga a los centros educativos.

NPE: A-291019-6671

Página 30247

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date28/10/2021

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First edition10/07/1982

Last issue12/07/2023

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