Boletín Oficial de la Región de Murcia del 19/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 242

Sábado, 19 de octubre de 2019

III. Administración de Justicia Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Totana 6448

Divorcio contencioso 351/2016.

N.I.G.: 30039 41 1 2016 0001529
Divorcio contencioso 351/2016
Sobre divorcio contencioso Ministerio Fiscal, Vanessa Rosario Morata Ortega Procuradora: Josefa García Sánchez Demandado: Javier Alberto Salazar Pincay En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo:
Que estimando la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Josefa García Sánchez en nombre y representación de Vanesa Rosario Morata Ortega contra Javier Alberto Salazar Pincay declaro disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre ambos cónyuges el día 24 de octubre de 2008, acordando como medidas que van a regular los efectos del divorcio las siguientes:
- La titularidad y el ejercicio de la patria potestad será compartido entre ambos progenitores.
- La guardia y custodia de los hijos se atribuye a la madre.
- El régimen de visitas y de relación del padre con los menores se suspende entre tanto no se tenga conocimiento de su paradero.
- El uso de la vivienda familiar sita en Avenida Constitución, n.º 125, 1.º D, de Mazarrón se atribuye a la parte actora.
- La pensión de alimentos que el padre deberá de abonar a la madre se fija en la cantidad de 100 € para cada uno de los hijos menores total de 300 €, más el incremento de IPC que se aplicará desde la fecha de la sentencia y se ingresará en la cuenta corriente que designe de Vanesa Rosario Morata Ortega, dentro de los primeros cinco días de cada mes.
- Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad.
Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas artículo 774.5 L.E.C. y que deberá interponerse, en su caso, ante este mismo Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación artículo 455 y 458 LEC.
Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ
para recurrir deberá constituirse en la cuenta de este Juzgado un depósito de 50
euros, especificando en el resguardo de ingreso, en el apartado concepto el tipo de recurso, y en observaciones la fecha de la resolución recurrida.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo dispongo, mando y firmo.
NPE: A-191019-6448

Página 29534

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 19/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date19/10/2021

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Edition count12567

First edition10/07/1982

Last issue31/05/2024

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