Boletín Oficial de la Región de Murcia del 9/10/2021
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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 235
Jueves, 10 de octubre de 2019
Página 28309
La efectiva separación del Consorcio se producirá una vez determinada la cuota de separación, en el supuesto en que ésta resulte positiva, o una vez se haya pagado la deuda, si la cuota es negativa.
Si el Consorcio estuviera adscrito, de acuerdo con lo previsto en la Ley, a la Administración que ha ejercido el derecho de separación, tendrá que acordarse por el Consorcio a quién, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el Consorcio, se adscribe en aplicación de los criterios establecidos en la Ley.
El Secretario, Joaquín San Nicolás Griñán.
NPE: A-101019-6183
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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474