Boletín Oficial de la Región de Murcia del 5/12/2019
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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 281
Jueves, 5 de diciembre de 2019
I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social 7563
Resolución de 7 de noviembre de 2019 del Secretario General de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, de delegación de competencias en la persona titular de la Vicesecretaría.
La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia configura a la Vicesecretaría como órgano directivo, cuyo titular ostentará el máximo nivel administrativo y que, dependiendo directamente de la Secretaría General, tendrá las competencias sobre los servicios comunes de la Consejería que le atribuye la Ley y el Decreto de estructura orgánica del departamento.
Por Decreto del Presidente núm. 29/2019, de 31 de julio, modificado por Decreto de la Presidencia núm. 44/2019, de 3 de septiembre, se ha reorganizado la Administración Regional modificando el número, la denominación y las competencias de las distintas Consejerías. Y por Decreto 169/2019, de 6 de septiembre, se han establecido los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.
Con el objeto de dotar de una mayor agilidad al desarrollo de las competencias de esta Secretaría General y en aplicación de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, se considera conveniente la delegación de determinadas competencias de la misma en la titular de la Vicesecretaría. En virtud de lo dispuesto, Resuelvo:
Primero.- Se delegan en la persona titular de la Vicesecretaría de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social las siguientes atribuciones:
a La concesión de permisos y licencias por tiempo superior a diez días al personal de la Consejería, así como la concesión de permisos y licencias al personal de la Secretaría General por tiempo no superior a diez días, en los supuestos legalmente establecidos.
b La propuesta de reconocimiento y abono de concesión de gratificaciones al personal adscrito a la Secretaría General.
c La propuesta de reconocimiento y modificación del grado personal, en los casos legalmente establecidos, respecto del personal de la Consejería.
d La solicitud de homologación de las acciones formativas que se organicen por la Consejería.
e La Presidencia de las Mesas de Contratación y la designación de los vocales, de conformidad con el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
NPE: A-051219-7563
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