Boletín Oficial de la Región de Murcia del 31/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 175

Miércoles, 31 de julio de 2019

diplomados sanitarios y la promoción profesional para el personal sanitario de los grupos C y D y del personal no sanitario de los Grupos A, B, C, D y E del Servicio Murciano de Salud, ratificado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 11 de mayo de 2007.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2009, se suspendió la ejecución del citado Acuerdo Administración-Organizaciones Sindicales relativo a las retribuciones asociadas a la carrera profesional del personal, en el ámbito Sectorial de Sanidad en sus apartados 1.6, 2.6 y 3.6, en lo que respecta a la remuneración del IV Nivel y a las convocatorias anuales previstas en los mismos, suspendiéndose los nuevos reconocimientos y el pago de cualquier nivel al que pudiera acceder el personal citado. Igualmente, se suspendió la ejecución de cualquier Acuerdo que conllevara nuevos incrementos retributivos.
La Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018, dispuso: Con efectos de 1 de enero de 2018 y por una sola vez, el personal estatutario fijo del Servicio Murciano de Salud que no estuviera incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 12 de diciembre de 2006 de la Mesa Sectorial de Sanidad, por el que se establecen las bases del sistema de carrera profesional para los médicos y otros licenciados sanitarios especialista y no especialistas; enfermeras y otros diplomados sanitarios y la promoción profesional para el personal sanitario de los grupos C1 y C2 y del personal no sanitario de los grupos A1, A2, C1, C2 y E del Servicio Murciano de Salud, podrá acceder al primer nivel de la carrera profesional y promoción profesional, con carácter excepcional, siempre que en la fecha de entrada en vigor de la presente ley tenga una antigedad mínima de 5 años en los servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud. Los efectos económicos del reconocimiento serán los de la entrada en vigor de la presente ley.
En desarrollo de la citada Disposición, se convocó por Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, de 4 de enero 2018, el procedimiento para el encuadramiento inicial en el NIVEL I de la carrera profesional del personal facultativo sanitario y del personal diplomado sanitario, y de la promoción profesional del personal sanitario de los grupos C1 y C2 y del personal no sanitario de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y E del Servicio Murciano de Salud, BORM n.º 5 de 8 de enero 2018.
Añadía la citada Disposición Adicional de la Ley de Presupuestos de 2017 que Durante el primer semestre del año 2018, el Servicio Murciano de Salud llevará a cabo las actuaciones precisas para la articulación de un sistema de carrera que deberá incluir una evaluación del desempeño, cuyos criterios de valoración incorporarán aspectos asistenciales, docentes, de investigación y de compromiso con la organización para el acceso y progresión a cualquiera de los cuatro niveles en los que esta se estructura, iniciándose la evaluación en el segundo semestre, que tendrá los efectos económicos que se determinen en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2019.
El Acuerdo de la Mesa General de 12 de noviembre de 2018 para la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo en la Administración Pública de la Región de Murcia dispuso en su apartado 21: Recuperar e implantar la Carrera Profesional horizontal en la Administración Pública Regional, en el marco de lo acordado en el apartado décimo sexto anterior, de la siguiente forma:.

NPE: A-310719-4981

Página 23976

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 31/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date31/07/2019

Page count76

Edition count12581

First edition10/07/1982

Last issue17/06/2024

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