Boletín Oficial de la Región de Murcia del 4/5/2019

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 101

Sábado, 4 de mayo de 2019

Página 13892

A1. Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol. Hasta 365.000,00 euros.
A2. Resto de disciplinas de deportes de equipo, excepto natación. Hasta 40.000,00 euros.
- Mantenimiento de equipos federados que participen en el resto de categorías de competición de liga regular de ámbito nacional que no se trate de máxima categoría, inter-autonómico, autonómico o local, según los siguientes subgrupos:
B1. Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol. Hasta 140.000,00 euros.
B2. Resto de disciplinas de deportes de equipo, excepto natación. Hasta 40.000,00 euros.
- Natación. Hasta 100.000,00 euros.
- Programas de Iniciación Deportiva Escuelas Deportivas. Hasta 20.000,00 euros.
- Organización de Acontecimientos Deportivos en el Municipio de Murcia.
Hasta 20.000,00 euros.
- Deportistas Individuales. Hasta 47.000,00 euros.
La cuantía que se conceda no podrá exceder de la solicitada, que no podrá ser, en ningún caso, mayor que el importe total de ejecución de la actividad a desarrollar.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Se establece un plazo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado, acompañadas de la documentación relacionada en el apartado 7 de la convocatoria, y se podrá realizar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia siendo obligatorio en este caso para los interesados a que hace referencia el 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o de forma presencial en los registros habilitados al efecto.
Para la valoración de las solicitudes se presentará un proyecto, que incluirá la información indicada en el punto 9 criterios de valoración de la convocatoria, en función del tipo de programa o actividad para el que se solicita la subvención.
Las cantidades que se concedan en virtud de la convocatoria de subvenciones se harán efectivas, en su totalidad, previa la correcta justificación de los gastos pertinentes.
En caso de no distribuir los importes máximos fijados para cada actividad o programa, se podrá asignar la cuantía restante a las demás actividades o programas en función de las solicitudes presentadas.
Murcia, 12 de abril de 2019.El Concejal Delegado de Deportes y Salud del Ayuntamiento de Murcia, José Felipe Coello Fariña P.D. Decreto de Organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Murcia de 22 de febrero de 2018.

NPE: A-040519-2668

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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 4/5/2019

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date04/05/2019

Page count84

Edition count12576

First edition10/07/1982

Last issue11/06/2024

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