Boletín Oficial de la Región de Murcia del 3/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 279

Lunes, 3 de diciembre de 2018

I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Presidencia 7197

Ley 13/2018, de 29 de noviembre, de Comunicación y Publicidad Institucional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de Comunicación y Publicidad Institucional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Preámbulo I
El artículo 10.1.30 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia reconoce a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la competencia exclusiva en materia de publicidad, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. El artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece que los poderes públicos regionales promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificultan su plenitud y facilitarán la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de la Región. Así mismo, tanto la Ley 5/1994, de 1 de agosto, del Estatuto Regional de la Actividad Política, como la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, fijan el ejercicio de las funciones políticas y ejecutivas del Gobierno regional, sus deberes y obligaciones, reflejadas a través de la acción de gobierno como una actividad de responsabilidad leal a los intereses generales de la ciudadanía, entre las cuales debe destacarse por su especial relevancia la actividad comunicativa y publicitaria desarrollada por parte de las Administraciones públicas en el ámbito de la Región de Murcia.
El principio de utilidad pública de la información y la comunicación institucional debe estar orientada, de modo prioritario, al servicio público y nunca al ensalce de la labor del gobierno. Como garantía de este principio se aprobó la Ley estatal 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional, en la que se recoge expresamente que La valoración, el juicio y la información de carácter político tienen sus propios cauces y no deben mezclarse con la actividad comunicativa que, ordenada y orientada a la difusión de un mensaje común, emprende la Administración para dar a conocer a los ciudadanos los servicios que presta y las actividades que desarrolla. Debe ser un principio fundamental de la actividad comunicativa del Gobierno, a través de campañas institucionales, desligar la opción política de la información veraz y neutral sobre sus políticas públicas. La publicidad y comunicación institucional deben estar
NPE: A-031218-7197

Página 30182

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 3/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date03/12/2018

Page count54

Edition count12584

First edition10/07/1982

Last issue20/06/2024

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