Boletín Oficial de la Región de Murcia del 13/11/1999

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

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Número 263

Sábado, 13 de noviembre de 1999

Página 11839

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PF CPF

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En consecuencia, la presente Orden pretende ser una recopilación de las diferentes modificaciones, además de mantener el objetivo de auxiliar al sector agroalimentario de transformación y comercialización en su esfuerzo por ajustar sus sistemas de producción a dimensiones competitivas, en el marco de las Ayudas de Estado a la inversión en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, tal como se contempla en la Comunicación de la Comisión de la Unión Europea 96/C/29/03.
En su virtud y conforme con las competencias atribuidas por el artículo 51.5 de la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, y conforme con los porcentajes máximos autorizados para las ayudas estatales realizadas en zona de objetivo 1.

I. COMUNIDAD AUTÓNOMA
S F A C

1. DISPOSICIONES GENERALES
AF
O C

Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente O F S U C

13019

Orden de 4 de noviembre de 1999, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se regulan ayudas para inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación de comercialización de los productos agrarios.
S U F T X C

Desde nuestra integración en la Unión Europea se ha venido realizando un importante esfuerzo en sectores como el cárnico, el de frutas y hortalizas, tanto frescas como transformadas, el del vino y otros, con importantes inversiones que han permitido, a dichos sectores, adaptarse a las mejores condiciones higiénico-sanitarias, de calidad y de productividad que los consumidores vienen demandando. En todo caso, los mercados demandan, actualmente, una constante puesta a punto e innovación, por lo que el sector agroalimentario se encuentra inmerso en una dinámica tecnológica que va a seguir exigiendo importantes proyectos de inversión.
El artículo 60 de la Ley 1/1995, de 8 de marzo, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia, exige a las empresas, para obtener cualquier tipo de ayudas económicas o financieras por parte de la Administración Regional, la presentación de un Informe Ambiental validado, resultante de la realización de una Auditoría Ambiental, con el compromiso explícito de su cumplimiento por parte del peticionario. Por otra parte en el artículo 62 de dicha Ley, se indica que la validación consiste en certificar que el Informe derivado de la Auditoría contiene y da respuesta a las exigencias de la normativa ambiental vigente y el establecimiento de un programa para la ejecución de las medidas correctoras resultantes de la Auditoría.
De otro lado, las empresas que no disponían de las autorizaciones pertinentes a la entrada en vigor de la Ley 1/95, de 8 de marzo, podrán proceder a regularizar su situación administrativa mediante la formalización de convenios entre cada sector y la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente. Los Convenios de Adecuación Sectorial, con la habilitación legal de la Disposición Transitoria Primera de Ley 1/
95, de 8 de marzo, y en el marco de la Orden de 11 diciembre de 1997, fijan los límites y las exigencias ambientales para el sector de que se trate, así como los plazos necesarios para su adecuación a la normativa ambiental.
Con fecha de 1 de agosto de 1996 B.O.R.M. de 20 de agosto se dictó la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua por la que se regulan ayudas para inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, con el fin de adaptar las industrias agroalimentarias al escenario marcado por la Unión Europea.
La publicación de la Orden de 31 de marzo de 1997, por la que se modifica parcialmente la mencionada Orden, y la Orden de 22 de junio de 1999 por la que se cerró el plazo de solicitudes, así como las novedades introducidas en materia medio ambiental y de tramitación hacen necesario dictar una nueva Orden que sustituya a la hasta ahora vigente con el fin de poder establecer una normativa al respecto que sea de aplicación general.

D I S P O N G O:
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1.- La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria y el régimen jurídico de la concesión de ayudas para inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios en industrias agroalimentarias, en el ámbito de la Región de Murcia, en los siguientes sectores:
- Cárnico.
- Vinos y alcoholes.
- Lácteos.
- Huevos y aves de corral.
- Aceite de oliva virgen.
- Frutas y hortalizas frescas, flores y plantas, legumbres secas y patatas.
- Frutas y hortalizas transformadas.
2.- A las ayudas reguladas en la presente Orden les serán de aplicación los criterios comunitarios de selección establecidos para las inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y silvícolas, regulados en la Decisión de la Comisión de 22 de marzo de 1994 94/173/CE, así como la Decisión de la Comisión de 23 de abril de 1997 97/327/CE, relativa a las fichas de elegibilidad de gastos, y el Reglamento CE 951/97 del Consejo de 20 de mayo de 1997 .
Artículo 2.- Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos para ello previstos en el Capítulo VII del Programa 712E, concepto 778, Proyecto Apoyo a Pymes del sector agroalimentario, de la Ley anual de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La concesión de las ayudas y, en su caso, su cuantía quedan siempre condicionadas a la disponibilidad de crédito presupuestario para cada ejercicio económico.
Artículo 3.- Tipo y cuantía de las ayudas.
1.- La ayuda adoptará la forma de subvención de capital, y consistirá en una subvención de los costes totales de la inversión, en los porcentajes y a los beneficiarios que a continuación se especifican:
a Hasta un 30%, con un máximo de 18.000.000 pesetas, por cada uno de los proyectos de inversión presentados por Organizaciones de Productores regionales O.P., reconocidas de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento NI C

BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
NIF

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 13/11/1999

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date13/11/1999

Page count32

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