Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 21/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 76275

DECRETO 831 / 2019 DECRETO / 2019-12-20
DECRETO N 831/1 FE, del 20/12/2019.
EXPEDIENTE N 894/170-I-18 y Agreg.VISTO, las presentes actuaciones por las cuales se gestiona el pago de la deuda según sentencia recaída en el juicio: "González, Francisca Magdalena C/ Provincia de Tucumán S/ Contencioso Administrativo" Expte. N 754/14, que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala II, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias Decreto N 1.583/1FE-16 Anexo II; a fs. 2/3 se agrega copia de Poder General para Juicios y Trámites Administrativos otorgado por la actora a la Dra. Ángeles Igarzabal; a fs. 4/11 se agrega copia de Sentencia N 918 del 8 de noviembre de 2016 que resuelve la cuestión de fondo e impone las costas a la demandada; a fs.
14/22 obra copia de Sentencia N 1.974 del 21 de diciembre de 2017 dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán que deniega el recurso de casación planteado por la demandada y a fs, 31 obra copia del proveído de fecha 31 de mayo de 2018 que aprueba la planilla de liquidación.
Que a fs. 34 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia N 918 del 8 de noviembre de 2016, se hace lugar a la demanda en contra de la Provincia de Tucumán, condenádola a abonar el haber previsional conforme sentencia y a abonar las diferencias generadas por tal concepto. Posteriormente se aprueba planilla de liquidación por la suma total de $1.197.871,66. Informa que la sentencia de fondo se encuentra firme, que la deuda debe ser abonada en efectivo y que no existen pagos, embargos ni cesiones por este concepto. Para el orden de prioridades establecido por la Ley N 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de la planilla, es el 8 de junio de 2018.
Que a fs. 38 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado, informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.
Que a fs. 39/40 y 43/44 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado, ascendiendo la última a la suma total de $1.582.061,59.
Que a fs. 49 se consigna la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.
Que a fs. 53 la Contaduría General de la Provincia emite informe de su competencia y a fs. 54 hace lo propio la Dirección General de Presupuesto.
Que a fs. 88 la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4 de la Ley N 8.851 corresponde al N 241.
Que la Ley N 8.851 en su artículo 3 dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la Administración Pública Provincial y hasta su agotamiento.
Que el artículo 4 de la citada norma, determina que Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento fehaciente de la condena judicial firme antes del 31 de julio

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 21/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date21/01/2020

Page count65

Edition count4423

First edition14/12/2004

Last issue30/04/2024

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