Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/1/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 70478

DECRETO 4411 / 2018 DECRETO / 2018-12-13
DECRETO N 4.411/9 MDP, del 13/12/2018.
Expediente N 239/391-P-2016 y Agdo.VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucumán - SAPEM
en contra de la Resolución N 1141/17 de fecha 19/12/17, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT; y CONSIDERANDO:
Que la citada resolución fs. 15/16 es confirmatoria de la Resolución ERSEPT U
N 1106/17 de fecha 18/09/17 fs. 06/08, por la cual el señor Gerente de Atención a Usuarios resolvió ordenar a la prestadora SAT - SAPEM que proceda a realizar las obras y/o maniobras necesarias para brindar solución definitiva al problema de desbordes internos y externos de líquidos cloacales en el domicilio de la señora Miriam del Valle Philippin, sito en calle Bolivia N 687 de esta Ciudad;
Que por último la intimó a abstenerse de efectuar cualquier tipo de intimación y/o medida de restricción o corte vinculada a eventuales deudas de los reclamantes por sus respectivos servicios, hasta tanto no se brinde una solución a la problemática de fondo;
Que el Recurso de Alzada fs. 19/21 se presentó dentro del plazo establecido por el art. 68 de la Ley N 4.537;
Que la recurrente sostiene que ante el reclamo de los desbordes cloacales en ese domicilio, el personal operativo de la SAT realizó una desobstrucción de la colectora correspondiente dejándola en normal funcionamiento;
Que considera que la imposición contenida en la Resolución ERSEPT U N 1106/17
resulta incongruente al solicitar la realización de obras cuando el problema no existe al día de la fecha;
Que asimismo, agrega que ambas resoluciones son nulas al contener justificaciones falaces y carentes de toda causa. Además, es deber de la reclamante probar el daño y la relación de causalidad, lo que no se acreditó en autos;
Que en la Resolución ERSEPT U N 1106/17 se indica que, ante el reclamo presentado por la señora Miriam del Valle Philippin, se intimó a la empresa prestadora del servicio mediante la Nota ERSEPT EU N 467/16 fs. 04 para que presente un relato de todas las circunstancias de hecho y derecho y las pruebas que considere necesarias para la resolución del caso, bajo presunción de conformidad con los dichos de la reclamante;
Que al no haberse expedido sobre ello la prestataria, debe entenderse que lo denunciado por la usuaria trata de un grave problema de desborde de líquidos cloacales que fue constatado por un técnico del ente de control;
Que agrega que el artículo 38 de la Ley N 6529 obliga a la prestataria del servicio a efectuar los procesos necesarios para el tratamiento de los efluentes cloacales y del agua potable. Ello determina la responsabilidad de la SAT - SAPEM
por la situación creada y está obligada a dar una solución definitiva;
Que en la Resolución N 1141/17 se indica que la prestadora cuestiona aquel acto aduciendo que llevó a cabo las desobstrucciones necesarias dejando normalizado el

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date22/01/2019

Page count49

Edition count4422

First edition14/12/2004

Last issue29/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031