Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO
XXXI- -Ushuaia, Ushuaia, 19dede2022
Abrilde AÑO XXXI
Lunes Martes 03 de Enero Nº 2022
0000

DECRETO N 702

-

Nº 5094
3 29-03-22

VISTO el Expediente Nº MJG-E-84357-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la reubicación de la agente Natalia Lorena CAÑETE, Legajo Nº 29129573/00, categoría 18 P.A. y T., al ámbito de la Secretaría de Planificación de Políticas para el Desarrollo e Integración, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete.
Que la mencionada agente revista presupuestariamente en el ámbito del Ministerio de Finanzas Públicas.
Que en los documentos 2 y 8, obran las autorizaciones pertinentes.
Que en el documento 17, consta la intervención de la Dirección General de Presupuesto, por la cual se acredita el respaldo presupuestario correspondiente.
Que lo solicitado se encuadra en la Ley Nacional Nº 22.140, en concordancia con lo previsto por el artículo 17 de la Ley Provincial Nº 1399.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reubicar a la agente Natalia Lorena CAÑETE, Legajo Nº 29129573/00, categoría 18 P.A. y T., del Ministerio de Finanzas Públicas, al ámbito de la Secretaría de Planificación de Políticas para el Desarrollo e Integración, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete, a partir del día hábil siguiente a su notificación. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el presente será imputado a la Unidad de Gestión de Gasto Nº 20402, inciso 1 - Gastos en Personal.
ARTÍCULO 3.- La agente citada en el artículo 1 del presente, deberá ser ubicada en la Dependencia Nº 709 - Secretaría de Planificación de Políticas para el Desarrollo e Integración, dependiente Ministerio Jefatura de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Federico ZAPATA GARCIA
DECRETO N 703

29-03-22

VISTO el Expediente Nº SGLT-E-85334-2021 del registro de esta Gobernación, la Ley Provincial Nº 1301 y su modificatoria y el Decreto Provincial Nº 137/16; y CONSIDERANDO:
Que la Constitución Provincial prevé que el trabajo es el medio legítimo e indispensable para satisfacer las necesidades espirituales y materiales de la persona, reconociendo, entre otros aspectos, el derecho a la capacitación.
Que la Ley Provincial citada en el Visto, establece como competencias propias de la Secretaría General, Legal y Técnica, las vinculadas a los recursos humanos, la modernización administrativa para la transformación del Estado y la profesionalización de la carrera administrativa.
Que en el marco de las políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de la gestión pública, deben realizarse esfuerzos concretos en tomo a la jerarquización del personal a través de su capacitación y desarrollo como instrumento de fortalecimiento y profesionalización del empleo público, de acuerdo con los lineamientos y necesidades sociales actuales.
Que resulta necesario implementar una política pública de formación centralizada y de calidad con el objetivo de optimizar las potencialidades de todos los empleados de la Administración Pública Provincial, siendo esta una de las políticas de la gestión, es decir, lograr un Estado Moderno.
Que esta medida debe ser instrumentada a partir de la institucionalización de un espacio que dé permanente acceso al conocimiento para el desarrollo de capacidades, aptitudes y habilidades profesionales, dotando de herramientas específicas para las tareas y responsabilidades de aquellos que se desempeñan en ámbitos del Sector Público Provincial, que comprende el Poder Ejecutivo, Ministerios y Secretarías de Estado, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, organismos autárquicos y descentralizados, comprendiendo a las Instituciones de Seguridad Social; órganos creados por la Constitución de la Provincia y empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria.
Que, por tales motivos, el Instituto Provincial de Administración Pública I.P.A.P se crea como un organismo centralizado dentro del ámbito de la Secretaría General, Legal y Técnica, destinado a brindar una oferta centralizada de formación, capacitación, perfeccionamiento continuo y reconversión profesional orientado al ejercicio político, de gestión, de administración pública y de soporte a éstas, en el ámbito de nuestra Provincia.
Que, mediante el presente se busca fomentar verdaderas condiciones de igualdad de oportunidades, brindando herramientas para desempeñarse en los distintos ámbitos del Sector Público.
Que por lo expuesto corresponde establecer la estructura Política y Orgánica del Instituto Provincial de Administración Pública.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date19/04/2022

Page count117

Edition count3669

First edition02/01/2002

Last issue17/11/2023

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