Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

Ushuaia, Sábado 13 de Marzo de 2021 - Nº 4819

través de los Decretos de Necesidad y Urgencia N 325/20, N 355/20, N 408/20, N 459/20 y N 493/20, medidas a las que la Provincia adhirió por medio de los Decretos Provinciales N 536/20, N 587/20, N 622/20, N 645/20 y N 742/20.
Que en el marco de la situación epidemiológica que presentan ciertas provincias, el Poder Ejecutivo Nacional, en fecha 7 de junio de 2020, mediante el D.N.U. N 520/20, estableció como nueva medida de salud pública la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, medida en la que Tierra del Fuego se encuentra incluida, conforme el artículo 3 del mismo, prorrogada mediante el D.N.U. N 576/20 y N 605/20, a la que la Provincia adhirió mediante el Decreto Provincial N 793/20, N 880/20 y N 967/20.
Que en fecha 3 de agosto de 2020 se dictó el Decreto Provincial N 1023/20 mediante el cual se dispuso el ingreso de la Ciudad de Río Grande a la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta las 00:00 horas del día 10 de agosto de 2020 y se dispusieron medidas restrictivas para las ciudades de Ushuaia y Tolhuin.
Que posteriormente el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N 641/20 al cual la Provincia adhirió mediante Decreto Provincial N 1024/20, que dispone la continuidad de la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio en todos los departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepto el de Río Grande, esto hasta el día 16 de agosto de 2020.
Que mediante Decreto Provincial N 1063/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial N 1023/20 hasta el día 16 de agosto de 2020.
Que a través del Decreto Provincial N 1104/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial N 1023/20 y se adhirió al DNU N 677/20 que prorrogó la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para la Provincia de Tierra del Fuego a excepción del partido de Río Grande y se dispuso la prórroga de la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el día 30 de agosto para la ciudad de Río Grande.
Que por Decreto Provincial Nº 1189/20 se prorrogaron las medidas dispuestas a través de los Decretos Provinciales Nº 1013/20, Nº 1023/20, Nº 465/20 y Nº 467/20 hasta el día 20 de septiembre de 2020.
Que mediante Decreto Provincial N 1190/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N 714/20 y mediante Decreto Provincial N 1260/
20 se modificó el sistema de circulación por terminación de D.N.I. par o impar para la ciudad de Río Grande y mediante Decreto Provincial N
1291/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N 754/20.
Que debido al incremento de casos en la ciudad de Ushuaia y la recomendación en materia epidemiológica del Comité Operativo de Emergencia creado mediante Resolución M.S. N 240/20, se dictó el Decreto Provincial N 1326/20 y su modificatorio N 1327/20 mediante el cual se dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y se dejó sin efecto la suspensión de la cuarentena dispuesta mediante Decreto Provincial N 468/20, desde el día 27 de septiembre de 2020 y hasta el día 4 de octubre inclusive.
Que mediante Decreto Provincial N 1359/20 se prorrogó el Decreto Provincial N 1326/20 hasta el 11 de octubre de 2020 y mediante Decreto Provincial N 1416/20 se prorrogaron las medidas desde el 12 de octubre de 2020 hasta el 25 de octubre de 2020 y se suspendió la restricción de circulación en ruta entre las ciudades de Río Grande y Ushuaia.
Que en fecha 12 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el Decreto de Necesidad y Urgencia N 792/20 que mantiene las fase Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Ushuaia y de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Río Grande desde el día 12 de octubre y hasta el 25 de octubre de 2020 al cual la Provincia adhirió mediante Decreto Provincial N 1417/20, suspendiendo la circulación entre las ciudades en virtud de encontrarse en diferentes fases cada ciudad.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1497/20 se prorrogaron las medidas dispuestas hasta el día 08 de noviembre de 2020 y mediante Decreto Provincial N 1523/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N 814/20, disponiendo mediante Decreto Provincial N 1550/20 las medidas al respecto de la circulación en la Provincia.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1590/20 se prorrogaron las medidas dispuestas hasta el día 29 de noviembre de 2020 y se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N 875/20.
Que si bien la situación epidemiológica se mantiene igual a nivel provincial, la cantidad de casos fue disminuyendo y se procedió a flexibilizar distintas actividades, sumado al hecho de que la ciudad de Río Grande pasó de acuerdo a la definición del Decreto de Necesidad y Urgencia N 956/
20 a la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, encontrándose las 3 ciudades de la Provincia en idéntica fase, por lo que no resulta necesario prorrogar las medidas dispuestas a excepción de aquellas dispuestas mediante Decreto Provincial N 465/20.
Que mediante D.N.U. Nº 956/20 se prorrogaron las medidas dispuestas a nivel nacional hasta el día 20 de diciembre de 2020 inclusive y mediante D.N.U. N 1033/20 se prorrogaron hasta el 31 de enero de 2021, habiendo adherido la Provincia mediante Decreto Provincial N 1795/20.
Que mediante Decreto Nacional N 4/21 se determinaron los parámetros para determinar las Condiciones Epidemiológicas y Evaluación de Riesgo y mediante su artículo 2 se determinó la necesidad de evaluar por parte de las provincias la limitación de la circulación en el horario nocturno, disponiéndose la limitación de la circulación entre la 1 am y las 6 am. mediante Decreto Provincial Nº 22/21, dejándose sin efecto a partir del día 20 de Febrero de 2021 mediante Decreto Provincial N 309/21.
Que mediante Decreto Provincial Nº 239/21 se adhirió al Decreto Nacional Nº 67/2021 que prorroga las medidas dispuestas hasta el día 28 de febrero de 2021.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 125/21 se prorrogaron las medidas dispuestas hasta el día 12 de marzo de 2021inclusive adhiriendo la Provincia mediante Decreto Nº 451/21.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N 167/21 se dispuso la prórroga de la emergencia sanitaria dispuesta mediante D.N.U. Nº 260/
21 hasta el 31 de diciembre del corriente año, modificando el articulado del mencionado D.N.U., adhiriendo la Provincia mediante Decreto Nº 504/
21.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 168/21 se prorrogaron las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas hasta el día 05 de abril de 2021, correspondiendo adherir al mismo.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date13/03/2021

Page count3

Edition count3669

First edition02/01/2002

Last issue17/11/2023

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