Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

AÑO XXX -

Ushuaia, Viernes 22 de Enero de 2021

Ushuaia, Viernes 22 de Enero de 2021 - Nº 4783

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N 4783

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"Héroe de Malvinas".
Que en virtud de lo expuesto y conforme lo previsto por la Ley Provincial Nº 1084 corresponde decretar un 1 día de Duelo Provincial.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTÍCULO 1 .- Declarar Duelo Provincial el día once 11 de enero de 2021, con motivo de la desaparición fisica del Veterano de Guerra de Malvinas, señor Julio Ernesto CÓRDOBA.
ARTÍCULO 2.- Establecer el izamiento del Pabellón Nacional y Pabellón Provincial, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 1274, artículo 7º, inciso k, en todos los edificios públicos de la Provincia en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 º del presente.
ARTÍCULO 3.- Notificar a la familia del señor Julio Ernesto CÓRDOBA, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
URQUIZA
María G. CASTILLO
DECRETO N 106

21-01-21

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el 1º de junio de 2021 se cumplirá el Trigésimo Aniversario de la Jura de la Constitución Provincial, lo cual representa un hito en la evolución de la estructura institucional de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que dicho proceso normativo fue iniciado con la sanción de la Ley Nacional Nº 23.775 el 26 de abril de 1990 en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, mediante la cual se estableció la provincialización del entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego.
Que dicha institucionalidad constituye un objetivo constantemente anhelado por décadas por generaciones de ciudadanos comprometidos en la construcción provincial.
Que en el Trigésimo Aniversario de la Jura de la Constitución Provincial, resulta pertinente evocar ese momento histórico singular de la región, muestra de una profunda convicción democrática, de diversidad, de pluralidad de ideas y que significa la más alta manifestación de la representación del pueblo fueguino.
Que en virtud de ello, el Gobierno Provincial considera apropiado generar e impulsar las iniciativas destinadas a la evocación de acontecimientos trascendentes del devenir histórico e institucional colectivo.
Que ante lo expuesto y a los fines de homenajear el mencionado momento histórico resulta pertinente incorporar en la papelería oficial de la Administración Pública de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur correspondiente al año 2021, una leyenda conmemorativa del Trigésimo Aniversario de la Jura de la Constitución Provincial.
Que mediante Ley Provincial Nº 1343, se declaró al año 2021 como "Año del Trigésimo Aniversario de la Constitución Provincial" en homenaje a la labor de los integrantes de la Convención Constituyente de 1991, destacando la jerarquía de la sanción de la Ley Fundamental en la organización jurídica e institucional de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1 º.- Disponer que durante el año 2021, toda la documentación oficial de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, así como en los Entes Autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda: "2021 - AÑO DEL TRIGÉSIMO ANIVERSARIO DE
LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL", en el margen superior derecho.
ARTÍCULO 2.- Establecer que en los sitios de Internet oficiales, deberá también introducirse la leyenda indicada en el artículo 1 º del presente Decreto, en el margen superior derecho.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que a los fines de economizar recursos, será permitida la circulación y el uso de hojas ya impresas con la leyenda 2020
hasta su total extinción.
ARTÍCULO 4.- Encomendar al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología llevar adelante acciones tendientes a rememorar, destacar y reflexionar junto a las instituciones educativas primarias, secundarias y universitarias y sus comunidades académicas y estudiantiles el hecho histórico mencionado en el artículo 1 del presente.
ARTÍCULO 5.- Invitar a los Poderes Legislativo y Judicial de la Provincia y a los Gobiernos Municipales de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin a adherir a la presente iniciativa.
ARTÍCULO 6.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Marcelo J ROMERO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date22/01/2021

Page count91

Edition count3669

First edition02/01/2002

Last issue17/11/2023

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