Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX AÑO XXX -

Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2021

Ushuaia, Viernes 08 de Enero de 2021 - Nº 4773

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N 4773

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Rehabilitación Ushuaia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que actualmente la ciudad de Ushuaia no cuenta con infraestructura que asista integralmente a personas que requieren asistencia profesional, con equipamiento de última generación que ofrezca servicio de rehabilitación de calidad con internación para todos los habitantes de la Provincia.
Que si bien la ciudad de Río Grande cuenta con el Centro Municipal Mamá Margarita como centro de rehabilitación, resulta ser el único en la Provincia de sus características, siendo de vital importancia reforzar esté servicio.
Que, por las razones expuestas, se suscribió un Convenio entre la Agencia Nacional de Discapacidad y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en fecha 11 de diciembre de 2020 en el marco del Fondo Nacional para la Integración de Personas Con Discapacidad, con el objeto de asistir financieramente parte de la Obra en cuestión.
Que asimismo la obra se encuentra contemplada dentro del Presupuesto 2021 presentado ante la Legislatura Provincial a fin de poder completar la financiación necesaria.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratificar en todos los términos la Resolución N 388/2020 M.O. y S.P., mediante la cual procede a realizar el llamado a Licitación Pública para la Obra del Centro de Rehabilitación Ushuaia, de conformidad a lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
Judit J. R. DI GIGLIO
DECRETO N 1785

18-12-20

VISTO el Expediente N MJG-E-52665-2020 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el otorgamiento de un Anticipo con Cargo a Rendir destinado a solventar los gastos provenientes de la visita presidencial en el marco del Proyecto Capitales Alternas a realizarse los días 20 y 21 de diciembre del corriente año.
Que el mismo fue solicitado a través de la Resolución M.J.G. N 564/20 de fecha 17 de diciembre del corriente año.
Que mediante Nota de fecha 17/12/20 la Subsecretaría de Protocolo, Actos y Eventos informó que el costo estimado para solventar los gastos que irroga la realización del mencionado evento, asciende a la suma total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 $ 2.500.000,00.
Que según lo establecido en el Decreto Provincial N 674/11 Anexo I, artículo 34; inciso 97, apartado b Punto I, respecto al límite del monto del Anticipo con Cargo a Rendir se hace necesario dictar el presente instrumento legal que exceptúe de lo allí expuesto en razón del inminente arribo de las autoridades de la Nación a la Provincia y la imperiosa necesidad de contar con los fondos requeridos para efectuar las erogaciones correspondientes.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Exceptuar de lo establecido en el Decreto Provincial N 674/11, Anexo I, artículo 34, inciso 97, apartado b, Punto I, el límite dispuesto para el otorgamiento del anticipo con cargo a rendir solicitado mediante Resolución M.J.G. N 564/20, el cual será destinado a cubrir los gastos que genere la visita presidencial en el marco del Proyecto Capitales Alternas, que se llevará a cabo los días 20 y 21 de diciembre de 2020, en nuestra Provincia. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Autorizar el pago de anticipo, y en su caso la cancelación total, previo a la conformidad definitiva por el servicio prestado, a las empresas que brindarán los servicios y cualquier otro imprevisto que pudiera surgir, a través del anticipo con cargo a rendir solicitado a través de la Resolución M.J.G. N 564/20, conforme a la normativa aplicable en la materia.
ARTÍCULO 3.- Autorizar la excepción al Punto IV a de la Resolución Contaduría General N 18/12 teniendo como tope máximo para la solicitud de tres presupuestos el monto establecido por el Jurisdiccional de Compras para compras directas.
ARTÍCULO 4.- El gasto que genere el cumplimiento del presente será imputado a las partidas correspondientes al ejercicio económico y financiero en vigencia.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date08/01/2021

Page count128

Edition count3669

First edition02/01/2002

Last issue17/11/2023

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