Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 22/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Viernes, 22 de abril de 2022

Núm. 47

que corresponden al municipio, conforme se reconoce en el artículo 4.1 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen local.
3.- El reglamento tiene naturaleza orgánica. las normas contenidas en él se aplicarán con preferencia a cualquier otra que no tenga rango de ley estatal o autonómica de la comunidad de castilla y león.
4.- la normativa de aplicación en la materia objeto de este reglamento será la siguiente, por el orden que se indica:
- la ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del régimen local, y el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por r.d. legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- la ley 1/1998, de 4 de junio, de régimen local de castilla y león, o normativa que dicte la comunidad de castilla y león en materia de régimen local.
- ley 7/2018, de 14 de diciembre, por la que se regula la conferencia de titulares de alcaldía y Presidencias de diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los plenos.
- En lo no previsto por la normativa anteriormente citada, por este reglamento orgánico.
- Por último, será de aplicación el r.d. 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales.
Artículo 3.- Tratamientos.
El ayuntamiento como institución y la corporación como órgano colegiado tendrán el tratamiento de Excelentísimo. El alcalde o alcaldesa tendrá el tratamiento de ilustrísima, salvo que personalmente ostente uno superior.
tÍtUlo PrimEro constitUción dE la corPoración Y EstatUto dE los concEJalEs Y concEJalas caPÍtUlo PrimEro Constitución de la Corporación Artículo 4.- Mandato. Actuaciones previas a la sesión constitutiva.
1.- El mandato del personal miembro de las corporaciones locales y las atribuciones de la corporación en funciones se regirán por lo establecido en la normativa de régimen Electoral General.
2.- El tercer día anterior al señalado por la legislación electoral para la sesión constitutiva de los ayuntamientos, tanto las y los concejales cesantes del Pleno como quienes formen parte de la Junta de Gobierno local, de las comisiones informativas y de la Junta de Portavoces se reunirán en sesión convocada al único efecto de aprobar el acta de la última sesión celebrada en cada uno de los órganos. con el mismo fin se reunirán los órganos de gobierno de los organismos autónomos municipales, entidades públicas empresariales y consejos de administración de las sociedades municipales. igualmente, con la misma finalidad y límite temporal se reunirán los demás órganos municipales.
3.- El alcalde o la alcaldesa cesante, asistida por la persona titular de la secretaría General y de la intervención General municipal, adoptará las medidas precisas para que el día anterior a la constitución de la nueva corporación esté preparado el Balance de situación cerrado a dicha fecha, así como los certificados de las entidades bancarias de los depósitos existentes en las
BOPSO-47-22042022

Pág. 827

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 22/4/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date22/04/2022

Page count52

Edition count2674

First edition04/05/2005

Last issue30/04/2024

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