Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 19/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Pág. 745

Viernes, 19 de marzo de 2021

Núm. 32

EXTRACTO del acuerdo de Junta de Gobierno de 8 de marzo de 2021 por el que se convocan subvenciones de apoyo a las farmacias rurales de la provincia de Soria. Plan Soria 2021
de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
Podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones las personas físicas dadas de alta como trabajador autónomo y las personas jurídicas, que cumplan los requisitos recogidos en la presente convocatoria.
1.- tener domicilio fiscal en cualquier localidad de la provincia en el momento de la solicitud.
2.- ser titular de una oficina de farmacia ubicada en una localidad de menos de 1.000 habitantes. Para determinar la población de los municipios se tomará como referencia la última cifra disponible en el inE.
3.- las recogidas en el art. 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
Segundo. Objeto.
la finalidad de la convocatoria contribuirá al mantenimiento de las oficinas de farmacia ubicadas en localidades de menos de 1.000 habitantes mediante dos mecanismos:
Primero.- sufragar los costes de seguridad social satisfechos por el trabajador autónomo titular de la oficina de farmacia cuyo centro de trabajo y domicilio fiscal esté ubicado en la provincia de soria desde el momento de la solicitud y hasta el 30 de octubre de 2021.
segundo.- sufragar los costes de seguridad social de un trabajador contratado por la persona física o jurídica titular de una oficina de farmacia, que cumpla las condiciones establecidas para los beneficiarios en la cláusula cuarta desde el momento de la solicitud y hasta el 30 de octubre de 2021.
ambas son incompatibles entre sí, de tal forma que un mismo solicitante no podrá optar a ambas simultáneamente. así mismo, cada solicitante podrá optar únicamente a subvención por un solo establecimiento.
Tercero. Bases reguladoras.
ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por la diputación de soria Boletín Oficial de la Provincia nº 147 de 23 de diciembre de 2009.
http www.dipsoria.es/sites/dipsoria/files/public/paginas/archivos/ordenanza_general_reguladora_de_la_concesion_de_subvenciones.pdf
BOPSO-32-19032021

la sede electrónica de la diputación está ubicada en la siguiente dirección:
https portaltramitador.dipsoria.es/web/inicioWebc.do?opcion=noreg Sexto. Otros datos.
los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la página web de la diputación provincial de soria.
soria, marzo de 2021. El Presidente, Benito serrano mata.
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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 19/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date19/03/2021

Page count16

Edition count2675

First edition04/05/2005

Last issue03/05/2024

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