Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 11/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria
Boletín Oficial de la Provincia de Soria Viernes, 11 de septiembre de 2020
Núm. 105
1.3.- Potabilizaciones.
1.4.- depósitos reguladores.
1.5.- ampliación y sustitución redes de distribución y saneamiento.
1.6.- depuración aguas residuales.
2.- cementerios. no serán subvencionables nichos ni sepulturas.
3.- alumbrados Públicos.
4.- Pavimentaciones.
5.- acceso a núcleos de población.
B Otros servicios de competencia municipal.
1.- casas consistoriales.
2.- centros socioculturales.
3.- instalaciones deportivas.
4.- rehabilitación de edificios municipales para viviendas de alquiler.
5.- Polígonos industriales.
6.- acondicionamiento de caminos rurales 7 - otras obras y equipamientos.
8.- otros proyectos de desarrollo local y urbano.
C Carreteras los ayuntamientos podrán priorizar actuaciones en carreteras Provinciales de su término municipal, adelantando así su ejecución, comprometiéndose a aportar el 30% del presupuesto de la obra, con un importe máximo por solicitud de 100.000 € iVa incluido.
5.- Criterios de selección de proyectos concretos de inversión y de elaboración de programas.
5.1.- competencia: a tenor de los arts. 33 y 36 de la ley 7/85, de 2 de abril y 32 del r.d.
legislativo 781/86, de 18 de abril, la selección de proyectos y la formación de Programas de inversión, con participación de los municipios de la Provincia, es atribución del Pleno Provincial, en cuanto que su aprobación corresponde a éste como competencia indelegable.
5.2.- régimen jurídico aplicable:
El régimen Jurídico aplicable a la elaboración, gestión y ejecución de los distintos instrumentos estatales o autonómicos de cooperación está contenido en:
- la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen local.
- El r.d. legislativo 781/86, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
- ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones.
del mismo modo serán de aplicación la normativa reguladora de cualesquiera otros programas o convenios que se concierten con otras administraciones y organismos.
5.3.- criterios financieros de aportación municipal:
5.3.1.- la aportación municipal a la financiación de los distintos proyectos, que actúa como requisito excluyente, está vinculada a la tipología de cada obra, según el cuadro de porcentajes siguiente.
BOPSO-105-11092020
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