Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 30/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de Soria Núm. 37

Lunes, 30 de marzo de 2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Pág. 682

AY U N TA M I E N T O S

BOPSO-37-30032020

GORMAZ

I.- Objeto del anuncio: la Cuenta General de los ejercicios 2019 y el informe favorable a las mismas dado por la Comisión Especial de Cuentas en pleno celebrada el día 14 de marzo de 2020.
II.- Fundamentos de derecho: el artículo 212.3 de Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
III.- Plazo: quince días hábiles de exposición pública, contados a partir del siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, y, durante este mismo plazo y ocho días más, para presentar reclamaciones, reparos u observaciones. El cómputo de este plazo no excluye los sábados que no sean festivos.
IV.- Lugar y horario de exhibición del expediente: oficinas del Ayuntamiento en Plaza Mayor, primera planta, de Gormaz, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, previa petición en el correo electrónico: gormaz@dipsoria.es Gormaz, 18 de marzo de 2020. El Alcalde, Rodolfo Cabanas Viana.
693

LANGA DE DUERO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Langa de Duero sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos. Y cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA
SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Artículo 1.- Fundamento y régimen Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por recogida de basuras, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la norma citada.
Artículo 2.- Hecho imponible 1. El hecho imponible viene determinado por la prestación del servicio de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos, cualquiera que sea su volumen o cantidad.
2. El servicio de recogida de basuras domiciliarias será de recepción obligatoria para aquellas zonas o calles donde se preste y su organización y funcionamiento se subordinará a las normas que dicte el Ayuntamiento para su reglamentación.
Artículo 3.- Sujetos pasivos 1. Son sujetos pasivos de esta Tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, caren-

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 30/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date30/03/2020

Page count8

Edition count2672

First edition04/05/2005

Last issue26/04/2024

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