Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 14/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria
BOPSO-68-14062019

Núm. 68

Viernes, 14 de junio de 2019

Pág. 1502

b En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos como obligatorios o cuando tenga incongruencias u omisiones que impidan su tratamiento.
los documentos adjuntos a los escritos y comunicaciones presentadas en el registro electrónico deberán ser legibles y no defectuosos, pudiéndose utilizar los formatos comúnmente aceptados que se harán públicos en la sede electrónica de este ayuntamiento.
En estos casos, se informará de ello al remitente del documento, con indicación de los motivos del rechazo así como, cuando ello fuera posible, de los medios de subsanación de tales deficiencias. cuando el interesado lo solicite, se remitirá justificación del intento de presentación, que incluirá las circunstancias del rechazo.
Artículo 17.- Cómputo de plazos.
El registro electrónico se regirá, a efectos de cómputo de plazos, vinculantes tanto para los interesados como para las administraciones Públicas, por la fecha y la hora oficial de la sede electrónica, que contará con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible.
El registro electrónico estará a disposición de sus usuarios las veinticuatro horas del día, todos los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
a los efectos de cómputo de plazos habrá que estar a lo siguiente:
a cuando los plazos se señalen por horas se entiende que éstas son hábiles. serán hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar el acto de que se trate y no podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, en cuyo caso se expresarán en días;
b cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos;
c la entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. Para ello, en el asiento de entrada se inscribirán como fecha y hora de la presentación aquellas en las que se produjo efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada la primera hora del primer día hábil siguiente;
d la entrada de las solicitudes se entenderán recibidas en el plazo establecido si se inicia la transmisión dentro del mismo día y se finaliza con éxito. a efectos de cómputo de plazos, será válida y producirá efectos jurídicos la fecha de entrada que se consigne en el recibo expedido por la unidad de registro;
e se consideran días inhábiles, a efectos del registro electrónico de la administración municipal, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el calendario oficial de fiestas laborales del Estado, de la comunidad autónoma y por los de la capitalidad del municipio. a estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
caPÍtUlo V
notiFicacionEs ElEctrónicas.
Artículo 18.- Condiciones generales de las notificaciones.
las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 14/6/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date14/06/2019

Page count32

Edition count2677

First edition04/05/2005

Last issue08/05/2024

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