Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 31/12/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
N.º 248 Martes 31 diciembre de 2019
Pág. 125
AdministraciónCentral Local I.IV.Administración MINISTERIO
PARA LA
TRANSICIÓN
ECOLÓGICA
ENTIDADES
LOCALES
MENORES
ConfederaciónBercimuelle Hidrográfica del Duero O.A.
Comisaría de Aguas Anuncio de aprobación definitiva.
Anuncio.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de la ELM
Bercimuelle sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de suministro de agua, cuyo textos íntegros se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUOTA TRIBUTARIA:
- URBANA:
a/ Acometida de agua: 600 euros b/ Acometida de alcantarillado: 600 euros.
c/ Cuota y consumo: 40 euros/semestre De 0 a 25 m3 :0.65/m3
De 26 m3 a 74: 2 €/m3.
De 75 a 150: 4 € m/3
De 150 en adelante a 10 €/m3
- La obra de instalación y el contador corre a cargo del solicitante y el enganche material a la tubería, al ayuntamiento.
- La instalación de los contadores, deben hacerse en la parte exterior de la vivienda o finca, en zona accesible para la lectura del mismo, a una altura del suelo de 0.5 metros. Irá protegido en armario, y tendrá la llave de acceso universal, para que el lector, si no tiene ventanilla, pueda acceder al mismo - En la vivienda, local o finca rústica que no pueda visualizarse la lectura de los contadores se facturarán un mínimo de 100 metros cúbicos consumidos al semestre.
- RÚSTICA:
a/ Cuota de enganche: 600 euros. Nueva: la obra de instalación y el contador corre a cargo del solicitante.
b/ En las fincas rústicas que surjan solicitudes en la zona 1. fase de instalación de acometidas de agua, zona que va desde el pueblo hasta el río, polígonos 504, 505, 506, y haya que engancharse a la tubería ya instalada y pagada por los propietarios de las fincas particulares, se establece una cuota de 2.500 euros, establecida en función del coste de la instalación ya hecha, y hacer la obra a su cuenta, con el coste que suponga.
c/ Cuota y consumo: 40 euros/semestre De 0 a 25 m3: 0.65/m3
De 26 m3 a 74: 2 €/m3.
CVE: BOP-SA-20191231-030
BOP-SA-20191231-000
https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/
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