Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 23/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 181 Lunes 23 de septiembre de 2019

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por sí o a través de las personas que determine, en ambos caso a costa del obligado. El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme dispone el art. 97 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre 9.- Se podrá cortar el suministro de agua, de manera preventiva, al titular de una acometida que tenga averías en su instalación que produzcan pérdida de agua.
10.- La tubería, el contador y los registros para el servicio de agua serán de las condiciones señaladas por el Ayuntamiento y deberán instalarse a la profundidad y en el lugar que se le indique, siendo de propiedad del interesado.
11.- El plazo de ejecución de la obras de enganche será de dos meses, a contar desde el día siguiente al que se notifique a los interesados el acuerdo de concesión.
12.- En los casos no previstos por estas normas, se estará a lo que acuerde el Ayuntamiento en Pleno.
Artículo 20. RESPONSABLES
1.- Serán responsables solidariamente de las obligaciones tributarias establecidas en esta Ordenanza toda persona causante o colaboradora en la realización de una infracción tributaria.
En los supuestos de declaración consolidada, todas las sociedades integrantes del grupo serán responsables solidarios de las infracciones cometidas en este régimen de tributación.
2.- Los copartícipes o cotitulares de las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de imposición y responderán solidariamente y en proporción a sus respectivas participaciones de las obligaciones tributarias de dichas entidades.
3.- Serán responsables subsidiarios de las infracciones simples y de la totalidad de la deuda tributaria en caso de infracciones graves cometidas por las personas jurídicas, los administradores de aquellas que no realicen los actos necesarios de su incumbencia, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias infringidas, consintieran en el incumplimiento por quienes dependan de ellos o adopten acuerdos que hicieran posible las infracciones. Asimismo, tales administradores responderán subsidiariamente de las obligaciones tributarias que estén pendientes de cumplimentar por las personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades.
4.- Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, cuando por negligencia o mala fe no realicen las gestiones necesarias para el total cumplimiento de las obligaciones tributarias devengadas con anterioridad a dichas situaciones y que sean imputables a los respectivos sujetos pasivos.
Artículo 21. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y continuará en lo sucesivo hasta que el Ayuntamiento apruebe su modificación o derogación Contra estos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Villasrubias, a 17 de septiembre de 2019.El Alcalde, Juan José Moreno Mateos.
Documento firmado electrónicamente.
CVE: BOP-SA-20190923-014

https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

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Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 23/9/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

CountrySpain

Date23/09/2019

Page count29

Edition count2968

First edition11/06/2012

Last issue24/05/2024

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