Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 15/4/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén
Neuquén, 15 de Abril de 2024
BOLETÍN OFICIAL - EDICIÓN ESPECIAL
PÁGINA 3
Que a partir de 2020, la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos de la Provincia del Neuquén inició un proceso de revisión y análisis del relevamiento de precios, lo que permitió elaborar el actual IPC Neuquén con año base en 2022 diciembre 2022 y con canasta y ponderadores en base a la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares ENGHo 2017/2018;
Que se utilizó la serie empalme publicada por la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos de la Provincia del Neuquén desde el mes de octubre 2022, fecha de la última actualización, siendo su índice 120.50 y para febrero 2024
un índice 577,10, resultando un coeficiente de actualización de 4,79 a febrero de 2024;
Que el coeficiente resultante arroja un importe de pesos ciento diez millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y ocho con 51/100
$110.149.958,51;
Que resulta practico y razonable fijar el monto límite establecido en el Artículo 64, inciso 1 de la Ley 2141 en la suma de pesos ciento diez millones $110.000.000;
Que fijada la actualización del monto límite para las contrataciones, es necesario adecuar los importes de los procedimientos, las facultades de autorización y aprobación de las contrataciones por parte de los funcionarios intervinientes, establecidos en los Artículos 1, 2 y 4 del Decreto N 2758/95 - Anexo II del Reglamento de Contrataciones;
Que se cuenta con la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Producción e Industria;
Que ha emitido opinión la Contaduría General de la Provincia, la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, éstas últimas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 89º de la Ley de Procedimiento Administrativo 1284;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 64º de la Ley de Administración Financiera y Control 2141;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
DECRETA:
Artículo 1: MODIFÍCASE el Artículo 1º del Anexo II - Decreto Nº 2758/95 Reglamento de Contrataciones, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Fíjase los siguientes montos límite para las contrataciones a que se refiere el Artículo 64º, inciso 1 de la Ley 2141: